Sauces; salzes, vímets

Salix spp.


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1177 Fuero de Teruel

Aragón

376. Del que parra agena taiare. Otrosí, si alguno parra agena taiará, peche XXXª sueldos, e por vit entrega XV sueldos, e por braço de vit peche X sueldos, e por qual quiere otro sarmiento peche V sueldos, si provado'l fuere segunt del fuero; si non, jure con II vezinos como el fuero manda e sea credido. Otrosí, qual quiere que palliello o lata de parra de la vinna sacará, o rosas o finojo o lirio o bimbres o cardenchas o cannas en vinna agena codrá, e provado'l será, peche V sueldos, segunt del fuero; si non, jure solo el sospecho e sea credido. Otrosí, qual quiere que sarmientos ya taiados de vinna agena adurá e provado'l será, peche V sueldos; si non, jure solo el culpado e sea credido. Mas si alguno de paret sarmientos toldrá e provado'l será, peche X sueldos; si non, jure solo e sea credido. Otrosí, qual quiere que çimach [zumaque] ageno codrá e provado'l será, peche X sueldos et el danno dupplado; si non, jure con II vezinos el culpado e sea credido.

[GOROSCH, Max (2007): Tiempo de Derecho foral en el sur aragonés: los fueros de Teruel y Albarracín. Tomo II. Zaragoza. Amb el facsímil: El Fuero de Teruel, de Max Gorosch. Stockholm, 1950.] derechoaragones.es


1257 Fuero de Requena

País Valencià

Titullo IIII, 10. Del que cogere rrosas o lirios en vinna. Qual quier que en vinna ajena cogere rrosas o lirios o binbres o cardos o cannas, por cada una destas cosas, peche un maravedi si le fuer provado, sinon, salvese commo de fuero.

[DOMINGO IRANZO, Eugenio (2008): El fuero de Requena (14 de agosto de 1257, por Alfonso X de Castilla). Ed. Ayuntamiento de Requena, Archivo Municipal de Requena y Centro de Estudios Requenenses. Colección Fuentes documentales de Requena y su Tierra, 2. Requena, Valencia.] requena.es


1628 Tassas

Reino de Castilla

Cesteros:

[...] Una cesta mediana de dos asas, que quepa media arroba, que ha de ser de la más delgada mimbre, y más fina, para labor de muger, sesenta maravedís. [hoja 44]

[...] Una escusabaraja [cesta de mimbre con tapa] de asa, que quepa media arroba, con sus goznes y tapador, tres reales. [hoja 44]

[...] Las cestas ordinarias de asa de mimbre tosca, blanca y negra, real y quarto. [hoja 44]

TASSA DE LOS PRECIOS A QUE SE HAN DE VENDER LAS MERCADERÍAS Y OTRAS COSAS DE QUE NO SE HIZO MENCIÓN EN LA PRIMERA TASSA, Y REFORMACIÓN QUE AORA SE HA HECHO POR LOS SEÑORES DEL CONSEJO, EN ALGUNOS PRECIOS QUE SE PUSIERON EN ELLA. Con las declaraciones de algunas dudas que se han ofrecido sobre la observancia de la Premática que se publicó en treze de Setiembre de mil y seiscientos y veinte y siete años, con la primera Tassa. Madrid. 1628.] google.es/books


1685 Funes

Aragón: Mosqueruela (Gúdar-Javalambre)

ORDINACIÓN CXXXVI. "De las penas de los que cortaren salces, olmos, y otros árboles infructíferos". Item, estatuimos, y ordenamos, que los que cortaren salces, olmos, chopos, álamos, espinos, mimbresas, o mimbres, assí de personas particulares, como de Concejos, incurra en las penas infrascriptas respectivamente; a saber es, por calce [sic] de mimbrera, veinte sueldos, por cada mimbre, seis dineros; por cada espino, quarenta sueldos; por calces y por carga, seis sueldos; y de los demás árboles cinco sueldos por rama; y por calce de qualquiere árbol de los dichos, grande, quarenta sueldos; y por el pequeño, veinte sueldos. Declarando por grande aquel sobre el qual pudiere subir, y tenerse un hombre antes de ser cortado. Y los que cogieren oja [sic, hoja] de dichos árboles, tengan pena de dos sueldos por cada vez. [...] En respecto de los frutos de las heredades aya la misma salva que ay en los frutos de los huertos, y sean aquellos para los Dueños de dichos árboles, con que no los puedan pidir, sino dentro de seis meses, después que dichos árboles, ramos, o mimbres fueren cortados; y la misma pena tenga aquel, que pelare árboles de los sobredichos, o les quitare la corteza, que aya de tener la misma pena, como si los cortase. (pàg.105)

[FUNES Y VILLALPANDO, Baltasar de (1685): Ordinaciones de la Comunidad de Teruel y villa de Mosqueruela. Por Pascual Bueno, Impressor del Reyno de Aragón. Zaragoza. 1685.] derechoaragones.es


1726-1739 Diccionario de Autoridades

Corona de Castilla

MIMBRE. s. m. Cierto género de arbusto, que produce unas varillas flexibles y correosas, que sirven para atar y assegurar muchas cosas. Latín. Vimen, inis. AMBR. MOR. lib. 8. cap. 23. Usaban entonces en aquellas marínas de por allí, barcas pequeñas texidas de mimbres, y cubiertas con cueros de vacas.

SAUCE, Ò SAUZ. s. m. Arbol bien conocido y frondoso, de que hai tres especies, la una tiene los ramos gruessos, y la corteza purpúrea, otra la tiene amarilla, y mas delgada que la primera. La tercera (que se llama tambien sarga) produce unos sutilissimos mimbres de color pardo, proprios para texer canastillos. Esta tercera especie de Sáuce llamamos comunmente mimbrera, ò mimbre. Produce el sauz cierto fruto, que antes de estár maduro se resuelve en fluecos, à manera de telarañas. Lat. Salix, icis. LAG. Diosc. lib. 1. cap. 115. El sauz es un arbol conocido de todos, del qual fruto, las hojas, la corteza, y el zumo tienen virtud estíptica. HERR. Agric. lib. 3. cap. 41. Los sáuces son de muchas maneras, que unos son mimbreras, otros son sáuces.

VARDASCA. s. f. La vara, ò ramo delgado. En Aragon, y otras partes se dice Verdasca, y es mas conforme à su origen, por ser Verdevara. Lat. Virga. Vimen. Verber. MARQ. Gobern. lib. 2. cap. 33. §. 2. No puede [r.423] haber duda de que se han de domar con vara de hierro, como las bestias contumaces con el freno de la vardasca.

VIMBRE. s. m. Lo mismo que Mimbre, y mas arreglado à su origen Latino Vimen. Trahelo Covarr. en su Thesóro, y Nebrixa en su Vocabulario.

[REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (1726-1739). Diccionario de la Lengua Castellana en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua. Tomo I (A-B), Tomo II (C), Tomo III (D-F), Tomo IV (G-N), Tomo V (O-R), Tomo VI (S-Z).] Buscador online (Diccionario de Autoridades): apps2.rae.es


1734 Varios autores

Ciudad de Valencia

Noticias tomadas de las Historias de los Prioratos de los PP. Fr. Jaime Meseguer y Fr. Francisco Vidal (1734-1738).

Gastos anejos a la provisión de cátedras. p.423: [...] El (gasto) más crecido es el que el provisto hace de chocolate, a los votos que en su favor han sufragado, que a los que le han dado en contra, no regala. El P. L.or Marases envió regalo de chocolate a todos los que asistieron, porque todos votaron a favor suyo. Lo que envió a cada uno de los que asistieron a la votada, fueron 50 bollos de tres onzas en canastillos de vímenes. [...]

[Manuscritos varios de Valencia. Tomo 3. Mss/587.] bivaldi.gva.es


1764 Ros

País Valencià

Salcèr, sauce, árbol frondoso.

[ROS, Carlos (1764): Diccionario Valenciano-Castellano, escrito por Carlos Ros, Notario y Escrivano público, por Autoridades Apostólica, y Real, natural de esta muy Noble Insigne, Lealíssima, y Coronada Ciudad de Valencia. En Valencia. En la Imprenta de Benito Monfort, junto al Hospital de los Estudiantes. Año 1764.] books.google.es


1845-1850 Madoz

La Rioja

ALBELDA [Albelda de Iregua, comarca de Logroño]: Se crían abundantes pastos para el ganado con más de 2.000 chopos, algunos sauces y álamos blancos; y multitud de juncadas hacia el norte, por cuyo lado el terreno es bastante aguanoso.

Catalunya

AJA [Age, o Sant Julià d'Age, del municipio de Puigcerdà, Baixa Cerdanya, Girona]: Crecen multitud de corpulentos olivos, salices y salces que proporcionan abundante combustible.

[MADOZ, Pascual (1845-50). Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de Ultramar. Imprenta de D. Pascual Madoz. Calle de Jesús y María, núm.28 & Est. Tipográfico-Literario Universal, Calle de la Madera baja, núm.4. Madrid. 1845: Volum I (ABA), Volum II (ALI); 1846: Volum III (ARR), Volum IV (BAR), Volum V (CAA); 1847: Volum VI (CAS), Volum VII (COR), Volum VIII (FAB), Volum IX (GUA), Volum X (LAB); 1848: Volum XI (MAD); 1849: Volum XII (NAB), Volum XIII (PIA), Volum XIV (SEA), Volum XV (TOL); 1850: Volum XVI (VIA)]


1861 Dirección General de Agricultura, Industria y Comercio

España

CAPÍTULO III. MONTES. II. DE LA DESAMORTIZACIÓN DE LOS MONTES. Nueva situación creada al ramo de los montes por las leyes de Desamortización. Conveniencia y necesidad de que los montes no desaparezcan. Clasificación por especies propuestas por la Junta facultativa para el cumplimiento de la ley. [...]

El Real decreto de 26 de Octubre de 1855, dividió los montes públicos para los efectos de la ley de desamortización, en las tres siguientes clases:

Primera. Montes que deben conservarse sujetos a las Ordenanzas del ramo y que se exceptúan, por tanto, de la enajenación. Se compuso esta con los de abetos, pinabetes, pinsapos, pinos, enebros, sabinas, tejos, hayas, castaños, avellanos, abedules, alisos, acebos, robles, rebollos, quejigos y piornos.

Segunda. Montes de enajenación dudosa, respecto de los cuales se había de decidir por el examen especial de cada caso particular. Correspondían a esta los alcornocales, encinares, mestizales y coscojales.

Y tercera. Montes que se declaraban desde luego en estado de venta. Las fresnedas, olmedas, lentiscales, cornicabrales, tarayales, alamedas, saucedas, retamares, acebuchales, almezales, bojedas, jarales, tomillares, brezales, palmitares, y demás no comprendidos en las anteriores.

[Texto completo en la página 117]

[Dirección General de Agricultura, Industria y Comercio (1861): Memoria elevada al Excmo. Sr. Ministro de Fomento por la Dirección General de Agricultura, Industria y Comercio sobre el estado de los ramos dependientes de la misma en Octubre de 1861. Imprenta Nacional. Madrid.] books.google.es


1877 Galo de Benito

Madrid

UTILIDAD DE QUE LOS AGRICULTORES APROVECHEN LOS TERRENOS DE INFERIOR CALIDAD EN EL CULTIVO Y PRODUCCIÓN DE PLANTAS LEÑOSAS. Conferencia agrícola pronunciada en la Universidad central por el ingeniero agrónomo D. Galo de Benito y López el 22 de Abril de 1877. [...]

De las especies forestales ya hemos dicho que la mayoría pueden utilizarse para el objeto que nos proponemos, utilizando unas u otras según el caso en que nos encontremos, pues no necesitamos advertir que si los terrenos son secos y algo templados, deberán preferirse las encinas, enebros y varios arbustos; si disponen de alguna más frescura y fertilidad, de los robles, alcornoques y castaños; si se hallan elevados y constituidos principalmente por la sílice, de los pinos y hayas, y si se encuentran en riberas o sitios pantanosos, los avellanos, fresnos, chopos, alisos, abedules y sauces serán los más propósito. (pàg.377)

[VVAA (1878). Conferencias agrícolas de la provincia de Madrid. Recopiladas e impresas en virtud de orden de 1º de Mayo de 1878 de la Dirección General de Instrucción Pública, Agricultura e Industria. Imprenta del Colegio Nacional de Sordo-mudos y Ciegos. Calle de San Mateo, 5. Madrid.] books.google.es


1886 Josep Cortils

Catalunya: Blanes (la Selva, Girona)

CANSONS DE BRESSOL. Los traginers, quan passan per lo camí real, camí real de Cardona, que hi van a buscar sal; los traginers, quan passan, no s'cansan d'ascoltar, puig sembla la sirena que canta en mitj del mar. La festejava un jove, així m'ho váren dí, que porta sálichs, vímens y canyas per teixí. La festejava un altre que, com es cistellé, fa cóvens y paneras hont l'aygua no s'hi té. L' que ara la festeja ningú li sap l'nom, y la terra que habita també ignora tothom. (p.97)

VOCABLES (pp.154-166)

Abret. s. m. Ram; parlant dels que, per medi de canonets, s'hi posan pallas envescadas [vesc] pera agafar aucells.

Cirera de pastó. s. f. Lo fruyt del arbós. [També podria tractar-se del fruit de l'espinal.]

Frare. s. m. Planta parássita, verdadera plaga dels sembrats de pésols y favas. Orobanche speciosa Vayr.

Gangarangán. s. m. La planta y fruyt del galcerá. Ruscus aculeatus.

Mal de cap. s. m. vulgar. Flor de rosella.

Ortigoyas. s. f. planta. Ortigas.

Pitera. s. f. Pita, etzavara, de foch [pita de foc]. - Cever. [DCVB: Sèver. Suc concentrat de les fulles del gènere Aloe.]

Ronya. s. f. Lletera o lletresa, planta.

Sálich. s. m. Sálzer. Salix.

Taupera. s. f. planta. Estramoni.

Verna. s. f. arbre. Vern.

[CORTILS Y VIETA, Joseph (1886): Ethología de Blánes. Librería de D. Álvar Verdaguer. Rambla del Mitj, núm. 5. Barcelona.] books.google.es


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Recopilación bibliográfica y transcripciones de Jacint Cerdà

En continua actualización.