Lirios; lliris
Iris spp.
1177 Fuero de Teruel
Aragón
376. Del que parra agena taiare. Otrosí, si alguno parra agena taiará, peche XXXª sueldos, e por vit entrega XV sueldos, e por braço de vit peche X sueldos, e por qual quiere otro sarmiento peche V sueldos, si provado'l fuere segunt del fuero; si non, jure con II vezinos como el fuero manda e sea credido. Otrosí, qual quiere que palliello o lata de parra de la vinna sacará, o rosas o finojo o lirio o bimbres o cardenchas o cannas en vinna agena codrá, e provado'l será, peche V sueldos, segunt del fuero; si non, jure solo el sospecho e sea credido. Otrosí, qual quiere que sarmientos ya taiados de vinna agena adurá e provado'l será, peche V sueldos; si non, jure solo el culpado e sea credido. Mas si alguno de paret sarmientos toldrá e provado'l será, peche X sueldos; si non, jure solo e sea credido. Otrosí, qual quiere que çimach [zumaque] ageno codrá e provado'l será, peche X sueldos et el danno dupplado; si non, jure con II vezinos el culpado e sea credido.
[GOROSCH, Max (2007): Tiempo de Derecho foral en el sur aragonés: los fueros de Teruel y Albarracín. Tomo II. Zaragoza. Amb el facsímil: El Fuero de Teruel, de Max Gorosch. Stockholm, 1950.] derechoaragones.es
1257 Fuero de Requena
País Valencià
Titullo IIII, 10. Del que cogere rrosas o lirios en vinna. Qual quier que en vinna ajena cogere rrosas o lirios o binbres o cardos o cannas, por cada una destas cosas, peche un maravedi si le fuer provado, sinon, salvese commo de fuero.
[DOMINGO IRANZO, Eugenio (2008): El fuero de Requena (14 de agosto de 1257, por Alfonso X de Castilla). Ed. Ayuntamiento de Requena, Archivo Municipal de Requena y Centro de Estudios Requenenses. Colección Fuentes documentales de Requena y su Tierra, 2. Requena, Valencia.] requena.es
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Recopilación bibliográfica y transcripciones de Jacint Cerdà