Lentisco; llentiscle

Pistacia lentiscus


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1845-1850 Madoz

Aragón

ALCAÑIZ [Bajo Aragón, Teruel]: Los montes están vestidos de matorral y de peñas, lo que contribuye a que sean muy variados y vistosos. Las plantas que comúnmente los cubren son pinaracas de hoja fina [sic], madroños, sabinas, enebros, lentiscos y otras matas bajas como aliagas, coscojos, retamas, esparto y alguna pita en el monte de Santa Bárbara; muchas yerbas medicinales como la salvia, acrimonia, artemisa [?], nufito [sic], solastro [?], hinojo, camamila, cinoblosa [cinoglosa?], culantrillo, malvabisco [sic], viola y perion [?], samo [?], ruda, escordio [sic], estrella [Plantago coronopus?], centaura, virgaurea, epitano, ontinilla [verónica], muy probada en las tercianas, y otras varias.

ALCAÑIZ [Partido Judicial del Bajo Aragón, Teruel]: Los cerros que sobre él se levantan no merecen el nombre de montañas, si se exceptúan las llamadas Contiendas de Calanda, que están cerca de esta villa. Dichos cerros están poblados de pinarasca de hojas finas [?], madroños, sabinas, enebros, lentiscos y otras matas bajas como aliagas, coscojos y retamas. Crían también abundantes y variadas yerbas medicinales, ricas yerbas de pasto que alimentan un crecido número de cabezas de ganado lanar, y muchas y olorosas flores que fomentan centenares de colmenas.

[MADOZ, Pascual (1845-50). Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de Ultramar. Imprenta de D. Pascual Madoz. Calle de Jesús y María, núm.28 & Est. Tipográfico-Literario Universal, Calle de la Madera baja, núm.4. Madrid. 1845: Volum I (ABA), Volum II (ALI); 1846: Volum III (ARR), Volum IV (BAR), Volum V (CAA); 1847: Volum VI (CAS), Volum VII (COR), Volum VIII (FAB), Volum IX (GUA), Volum X (LAB); 1848: Volum XI (MAD); 1849: Volum XII (NAB), Volum XIII (PIA), Volum XIV (SEA), Volum XV (TOL); 1850: Volum XVI (VIA)]


1861 Dirección General de Agricultura, Industria y Comercio

España

CAPÍTULO III. MONTES. II. DE LA DESAMORTIZACIÓN DE LOS MONTES. Nueva situación creada al ramo de los montes por las leyes de Desamortización. Conveniencia y necesidad de que los montes no desaparezcan. Clasificación por especies propuestas por la Junta facultativa para el cumplimiento de la ley. [...]

El Real decreto de 26 de Octubre de 1855, dividió los montes públicos para los efectos de la ley de desamortización, en las tres siguientes clases:

Primera. Montes que deben conservarse sujetos a las Ordenanzas del ramo y que se exceptúan, por tanto, de la enajenación. Se compuso esta con los de abetos, pinabetes, pinsapos, pinos, enebros, sabinas, tejos, hayas, castaños, avellanos, abedules, alisos, acebos, robles, rebollos, quejigos y piornos.

Segunda. Montes de enajenación dudosa, respecto de los cuales se había de decidir por el examen especial de cada caso particular. Correspondían a esta los alcornocales, encinares, mestizales y coscojales.

Y tercera. Montes que se declaraban desde luego en estado de venta. Las fresnedas, olmedas, lentiscales, cornicabrales, tarayales, alamedas, saucedas, retamares, acebuchales, almezales, bojedas, jarales, tomillares, brezales, palmitares, y demás no comprendidos en las anteriores.

[Texto completo en la página 117]

[Dirección General de Agricultura, Industria y Comercio (1861): Memoria elevada al Excmo. Sr. Ministro de Fomento por la Dirección General de Agricultura, Industria y Comercio sobre el estado de los ramos dependientes de la misma en Octubre de 1861. Imprenta Nacional. Madrid.] books.google.es


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