Encina, carrasco; carrasca

Quercus ilex


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1257 Fuero de Requena

País Valencià

Titullo V, 13. Del que tajare arbol que non lieva ningun fruto. Si alguno tajare arbol que non levare fruto, peche çinco maravedis si le fuere provado, sinon, jure con un vezino et sea creydo, et quien rrobre o enzina tajare por las vellotas, peche el coto asi commo por arbol que lieva fruto.

[DOMINGO IRANZO, Eugenio (2008): El fuero de Requena (14 de agosto de 1257, por Alfonso X de Castilla). Ed. Ayuntamiento de Requena, Archivo Municipal de Requena y Centro de Estudios Requenenses. Colección Fuentes documentales de Requena y su Tierra, 2. Requena, Valencia.] requena.es


1341 Establiment del Bosc [i altres notes]

Catalunya: Tortosa (Baix Ebre, Tarragona)

5. Regulació de l'explotació forestal. [...]

Com a exemple de la preocupació per mantenir els recursos naturals del Port per part del municipi descriurem ràpidament l'establiment del 1341, amb el títol d'Establiment del Bosc articulat en trenta punts. AHCTE, fons Ajuntament de Tortosa, secció històrica: establiments 4 (1341-47), fol. 68r-75r.

1.- Prohibició de tallar fusta pera vendre, donar o alienar. Només s'accepta l'aprofitament per a ús propi (construcció de masos, cubs o bótes, barques o altres vaixells), però encara així s'haurà de manifestar la intenció de tala al batlle, lloctinent de batlle i procuradors, sota pena de 100 sous i pèrdua de la fusta, o ser tancat al castell de la Suda un dia per cada sou impagat.

2.- S'admeten les tales per a vendre i extreure de la ciutat si es fan en els emprius que hi ha vers els llocs de Benifassà i Morella:

Tot hom de la ciutat e del terme puxa allí tallar e fer tallar totes natures de fustes ho d'aquelles mides que volran.

3.- Tota la fusta (tant la del mateix ús com la de vendre) s'ha de tallar en l'època adient, s'ha de tallar de lluna, és a dir, quan no hi ha saba als arbres (del primer d'agost fins a mitjans març). En canvi, no s'ha de tallar quan hi ha saba (de mitjan març fins al darrer dia de juliol) "segons la natura de que cascun arbre serà", sota pena de 20 sous.

4.- Els habitants i ciutadans tortosins poden tallar fusta de boix, encara que ho han de manifestar com en l'altra fusta. La tea l'han de fer de la soca o de pinassa. Es prohibeix taxativament talar "nengun pi per fer cornaleres [de portadores, etc.], mas puxen fer cornaleres de ço que sobrarà dels pins que tallats seràn e.s tallaran per fer fusta", sota pena de 50 sous.

5.- Tots els que no contribueixin al comú de la ciutat no poden introduir bestiar (ni gros ni menut, ni de nit ni de dia) en la devesa guanyada en el plet de Beseit, sota pena de 100 sous. Només en cas de ser-hi de pas i en aquest cas només hi pot estar un dia o una nit.

6.- Es prohibeix fer pegunta i quitrà que no sigui de fustes o pins "qui son ja stats tallats antigament o seran tallats d'aquí evant [sic] per fusta, ço és de la çocha, levada la fusta", sota pena de 50 sous.

7: Es prohibeix tallar "pin poll" per fer fusta de vendre si no en sortien un parell de cairats "d'un palm de cana de la serradura d'ample de XX palms de larch", sota pena de 50 sous.

8.- Es prohibeix de fer cendra en els Ports per a vendre-la i treure-la fora del terme. En tot cas s'ha de fer de llenya seca i no verda, sota pena de 50 sous.

9.- Es prohibeix tallar perxes per vendre, per treure fora la ciutat, sota pena de 20 sous.

10.- No es permet fer artiga o arrabassada en els pinars del Port.

"No gos ni puxa neguns dels dits arbres arrabaçar ni tallar ni cremar ni en altra manera destrohir", sota pena de 100 sous; i s'afegeix: "e null temps no puxa sembrar la dita terra. Et si en la dita artigaia o arrabaçada serà més foch e aquell foch cremarà pins o els altres arbres vedats qui no són talats", sota pena també de 100 sous.

11.- S'especifica categòricament la prohibició de "metre foch en nengun bosch de la ciutat", sota pena de 100 sous i les despeses dels danys causats.

12.- No es permet tallar de calç [d'arrel] carrasca, roure, pi ni cap altre arbre verd per a fer carbó. Només es poden tallar de les rames "aytant com de certa hi bastaran esporgan e no tallan lo cap de l'arbre", sota pena de 100 sous i perdre el carbó.

13.- Es prohibeix "guizar o dolar" [rebaixar?] cap pi, sota pena de 10 sous i esmenar el valor del pi guizat.

14.- Tothom (ciutadà i veí de Tortosa), que tingui castells o viles i necessiti fusta per al seu ús en pugui tallar, encara que ho ha de manifestar al batlle, lloctinent i procuradors, sota pena de 50 sous.

15.- No es permet prendre fusta dels Cavalls del Bastadors, sense voluntat d'aquells "si doncs gran necessitat no era", sota pena de 5 sous.

16.- El testimoni dels vedalers ha de ser cregut per raó del seu sagrament.

17.- A fi de garantir l'acompliment de fusta per a l'obra i per al manteniment del pont de Tortosa (pont de Barques) es prohibeix la tala de fusta a la mola de Catí "segons que ayues vessen en los torrents e segons que serà mollonada", sota pena de 100 sous.

18.- Es prohibeix tallar fusta "del cap de la costa del Almatrach, segons que talla lo camí que va a Milles tro al Caxer per la serra que va a Cavall Bernat e entorn per la serra segons que serà mollonat tornant al Coll", sota pena de 100 sous.

Nota: de la costa o costera de l'Almatrach, llegim a l'Onomasticon de Coromines: "ALMATRAC. [...] Zona on abunden un seguit de moles de penya gegantesques, entre Caro i el Tossal del Rei (trifini Tortosa-Beseit-Fredes). Allí hi ha, formant sèrie, la Mola de Catí, la del Marturi, la Erossa, i les nombroses que formen els dos costats dels congostos del Parrissal i el Regatxol". Sobre el topònim Milles o Millers, diu en una nota: "El publicador ha imprès 'Millars', però [...] coincincidint amb el gran i antic mas de Millers, pel qual he passat diverses vegades. Allí damunt hi ha les moles que dic, també el gran penyal del Cavall-Bernat; i crec recordar-hi també un Caixer. En el Regatxol, també bastant a prop de tot això, i allà on ja s'obre cap a Beseit, hi ha l'enorme Mola de Maclac. [...] Matrac?"

19.- Es prohibeix fer cap lleny [vaixell] ni barca a ningú foraster (strany) ni vendre'l dins de 4 anys que serà varat, sota pena de 500 sous i perdre la barca.

20.- Es prohibeix en concret a cap pastor o guàrdia de bestiar que no talli de calç [d'arrel] "no estroncar, parar o escapçar pi, carrascha ho altre arbre qui vert sia", sota pena de 50 sous.

21.- Es contempla la situació que qui hagi tallat carrasques, roures i n'hagi fet corral o atans a arnes d'abelles o bestiars, encara que no hagi estat sorprès en al tala per vedalers, però els arbres es trobin tallats recentment i introduïts en corrals, atans o altres edificacions, hagin igualment de pagar els 100 sous.

22.- Es permet que fusters o altra gent del terme pugui fer fusta de les "çimes o rames", d'allò que resta de la fusta tallada, per a fer cornaleres de portadores, però no d'altra fusta, sota pena de 20 sous.

23.- Es prohibeix portar o fer portar dels Ports fusta relexada, sota pena de 10 sous/ fust.

24.- Es permet als ciutadans que puguin tallar camarinos, dentals [d'arada?] i mànecs d'aixada i de càvecs, per tenir a obrador i vendre'ls a ciutadans de Tortosa.

25.- Es prohibeix als forasters de pescar en cap toll d'aigua dels Ports, "ni caçar alguna caça, aus, ni bésties salvates, grosses ho menudes, dins les muntanyes dels dits Ports". Qui sigui ciutadà o veí de Tortosa pot caçar i pescar, però ho ha de dur (a excepció del que consumeix o "dona convenientment") i vendre a la ciutat, sota pena de 60 sous.

26.- Tothom que vulgui fusta ha de demanar llicència, i manifestar-ho al batlle i al seu lloctinent i als procuradors.

27.- A fi que la ciutat pugui ser abastida de fusta pels fusters, es permet tallar fustes de bótes, cups, vexells "sens alguna pena" en les partides de: Camí de Loret que puja dret a esquena de Cans (?), i va dreta fins als emprius en la part de la Plana d'Ulldecona. L'única norma és que ho hagin de tallar de lluna i no en temps de saba, sota pena de 20 sous.

28.- Tota la fusta d'aquesta partida s'ha de dur al Cap del Pont i vendre exclusivament als ciutadans, i no a ningú que ho tragui fora del terme, sota pena de 100 sous. No obstant això, si alguna barca d'algun foraster en vol treure, en pugui treure un o dos cairats, sota pena de 20 sous.

29.- Es declara devesa de la ciutat tota aquella part limítrof que la ciutat va guanyar en el plet amb Beseit, i, per tant, cap foraster hi pot fer entrar bestiar, sota pena de 100 sous.

30.- S'insisteix, per la destrucció que comporta, que els carboners no puguin tallar "de calç [d'arrel] algú o alguns arbres de pins vius e verts, ni cimes ni rames d'aquells per fer carbó", només les branques dels pins que ja han estat tallats per fer fusta, sota pena de 50 sous.

31.- Es permet "no constrastant els establiments anteriorment citats" poder tallar fusta per a ús propi fins i tot amb saba, sota pena de 50 sous, però no en els llocs vedats.

32.- S'obliga que tothom que hagi fet fusta del Port (per a ús propi o per a vendre), l'hagi de treure en el període de 3 mesos, passats els quals tothom en pot fer ús. S'exceptua la fusta lel pont.

33.- A fi de completar l'establiment pel qual qui fa una barca no la pugui vendre sinó al cap de 4 anys, l'obligació de manifestar cada embarcació que es fa, sota pena de 100 sous.

34.- Qui faci fusta per a vendre l'ha de portar i descarregar al Cap del Pont i allí mostrar-la a possibles compradors. No es pot vendre fusta en altre lloc de la ciutat, i, si de cas se'n troba, s'ha de transportar al Cap de Pont. Això no té a veure amb qui tenen fusta per al seu propi ús, que la poden tenir en qualsevol lloc sempre que no faci nosa, sota pena de 20 sous.

35.- Els dubtes dels establiments s'han de declarar pel lloctinent de batlle i els prohoms elegits.

36.- Les penes s'han de patir segons Costum: 1/3 la Senyoria; 1/3 la ciutat i 1/3 l'acusador. La vigència dels establiments és de 10 anys.

Sintetitzant, doncs, el que postulen aquests establiments, que si fa no fa seran els que marcaran les directrius en els redactats posteriorment, tant per al període baix-medieval com per a l'època moderna, hi trobem diverses línies d'actuació amb un únic objectiu: el contol dels boscos dins d'una política de protecció i de primacia:

a) Mesures de delimitació d'espais: classificar les zones vedades de les de lliure explotació, les restrictives, comunals, emprius (i) deveses.

b) Mesures classificatòries d'usuaris. forasters-ciutadans (i) contribuents.

c) Mesures d'optimització dels recursos: el pi bo i verd, per a la fusta de qualitat: construcció, embarcaciones, etc.; les branques i els pins tallats, per al carbó; les soques, per a tea, pegunta i quitrà; allò que sobra dels pins tallats, cimes o rames, per a cornaleres; (i) la llenya seca, per a la cendra.

d) Mesures de la bona tala: tallar de lluna (i) no tallar pins novells.

e) Mesures de protecció d'espècies: boix, teix (i) carrasca.

f) Mesures de salvaguarda: fer foc (i) control de la ramaderia.

g) Mesures de control de l'explotació: obligatorietat de les llicències, venda en llocs específics (vàlid per a la pesca i caça) (i) prohibicions de les exportacions (venda a forasters, barques).

h) Mesures contra fraus: relaxar, dolar la fusta (i) fusta amagada en els atansos.

[...]

[CURTO HOMEDES, Albert (2001): La gestió dels Ports durant la baixa Edat Mitjana. Recerca, Núm. 5 (gener de 2001), pp.21-52.] raco.cat


1628 Tassas

Reino de Castilla

Torneros:

[...] Un juego de bolos con sus bolas de encina del tamaño ordinario, que es un palmo y quatro dedos, en siete reales. [hoja 27]

[...] Cada par de bolas como el puño, de encina, secas para corrales, un real. El par de bolas como el puño, de encina, seis quartos. El par de bolas como el puño, de fresno, a quatro quartos. [hoja 27]

[...] Un box de encina de çapatero, un real; y si es de fresno, sis quartos. Una maceta de çapatero de encina, doze quartos. [hoja 27]

[...] Un cabo de martillo de herradores largo, de encina, quatro quartos. [hoja 27]

Cocheros y carreteros:

[...] Un rayo [radio de rueda] de encina, dos reales. [hoja 27]

[...] Cada rayo de encina en tosco por labrar, catorze maravedís, y labrado y assentado, catorze quartos. [hoja 28]

Y porque se ha entendido que en las ventas y arrendamientos de la vellota, ha avido el mismo excesso que en la yervas, mandaron que las justicias reformen el agravio que en estos casos provaren las partes, nombrando para ello cada una un tassador, los quales declaren debaxo de juramento ante la justicia el precio justo del monte, teniendo atención al que se ha puesto al ganado, y a la moderación con que se han tassado las demás cosas, y en aso de discorida se execute el precio que hizieres la justicia, aviéndose informado de personas de ciencia y conciencia, y conformándose con uno de los tassadores, o señalando precio intermedio, de modo que ni exceda del mayor, ni baxe del menor; y en los lugares de señorío, siendo los montes o dehesas en propiedad, o arrendamiento de los señores, se remite la dicha diligencia y execución al realengo más cercano, lo qual se entienda assí en los arrendamientos que pertenecieren al año passado y montanera de seiscientos y veinte y siete, como a los siguientes, con que en estos se proponga el agravio, y haga la tassa hasta todo el mes de Enero inmediato al arrendamiento para efecto de poderse executar el precio en la forma referida. [...]

Y porque se ha dudado si se deven tener por revendedores los que compran la uva o mosto para hazer vino o azeite para almacenar, o los que compran lechones, bueyes o vacas para engordar de vellota, o meter en nobillero, se declara que ninguno de los susodichos se deven juzgar por recatones, ni los que traginan de unos lugares a otros los mantenimientos necessarios, conforme a las leyes destos Reinos, y respecto de que en el de Galicia y Principado de Asturias se cría gran cantidad de ganado, y por ser mucha distancia, y la gente pobre, no pueden conduzir el poco ganado que cada uno tiene a las ferias y mercados, se permite que dentro del dicho Reio y Principado puedan los naturales dél comprar y recoger el dicho ganado para traer a las ferias donde lo puedan vender, sin incurrir en al pena puesta a los revendedores. Todo lo qual mandaron se cumpla, guarde y execute, so las penas contenidas en la dicha premática. Y para que venga a noticia de todos se publique en esta Corte; y assí lo proveyeron los señores del Consejo, mandaron y señalaron. En Madrid a veinte y seis días del mes de Febrero de mil y seiscientos y veinte y ocho años. [hoja 55]

[TASSA DE LOS PRECIOS A QUE SE HAN DE VENDER LAS MERCADERÍAS Y OTRAS COSAS DE QUE NO SE HIZO MENCIÓN EN LA PRIMERA TASSA, Y REFORMACIÓN QUE AORA SE HA HECHO POR LOS SEÑORES DEL CONSEJO, EN ALGUNOS PRECIOS QUE SE PUSIERON EN ELLA. Con las declaraciones de algunas dudas que se han ofrecido sobre la observancia de la Premática que se publicó en treze de Setiembre de mil y seiscientos y veinte y siete años, con la primera Tassa. Madrid. 1628.] google.es/books


1630 Establiments Vilafamés

País Valencià: Vilafamés (Plana Alta)

[fol. 27] CARRASQUES

Los bestiars o porchs que faran mal en carrasques o en lo fruyt de aquells encara que noy haja sino una carrasca, paguen deu sous, y lo mateyx sia en les persones de un grapat de billotes en avant.

[fol. 62] MALLADES DE LA VILA

[...] Ittem la mallada del camí del Arch amasquerra que ja una carrasqua ab unes roquetes que solia ser de Pere Buyxados. [...]

[DÍAZ MANTECA, Eugeni (1982): Establiments de la Vila de Vilafamés. Excma. Diputació Provincial. Castelló.] Transcripción del lmanuscrito titulado: "Libro de establecimiento de la villa de Villafamés del año 1630", en: repositori.uji.es


1644 Alonso Martínez de Espinar

España

CAPÍTULO V. De lo que deben saber el Ballestero, y Montero y Cazador de los cuatro elementos para su ejercicio. [...] (La tierra) cría diversos géneros de montes; los más comunes en nuestra España son: encina, roble, alcornoque, pino, quejigo, haya, boj, fresno, acebo. A todos los montes que son de pies derechos y que por lo bajo no tienen otra espesura llamamos oquedades, y a los que tienen jaras y encinas altas, moedas [encinares viejos espesos y cerrados de maleza] y montes cerrados. [...] (p.16)

LIBRO SEGUNDO - CAPÍTULO XXIX. Cómo se han de aguardar los jabalíes en las encinas que se hallan tomadas por ellos y en los bañiles y aguas. Por septiembre empieza a madurar la bellota, y los jabalíes, y el verano, los años secos, pasan necesidad, como está dicho, y hacen gran diligencia para buscarla, y en empezándole a caer alguna de ella se ceban, y acuden a esta comida, que es gran sustento para ellos, y porque la halla en sus mismos montes, salen más temprano aquí que en otras partes, lo que se ha de hacer para matarlos, es mirar con cuidado la parte donde más acuden, quese conoce en sus rastros, y en las mismas encinas que estuvieren más tomadas y comidas de ellos, que en habiendo alguna temprana, la hallan, y hasta que maduran las otras acuden allí sin faltar. [...] (pp.141-143)

LIBRO SEGUNDO - CAPÍTULO XXXIII. Cómo se montean los jabalíes a caballo con la lanza. [...] En tirar al vuelo (su Majestad) hace muy conocidas ventajas a los mayores tiradores y es sinnúmero la caza que ha muerto. Y porque no parezca que me alargo, años que el monte de El Pardo tiene mucha bellota, acuden a ella grandes cantidades de palomas torcaces y zuranas, ponenles señuelos en las encinas, con que las llaman; y asimismo en el río en los bebederos que ellas toman, en entrambas partes es muy grande el número que ha muerto de estas aves: en un bebedero, desde las dos de la tarde hasta las cuatro, mató ciento y treinta cobradas, sin otras que no parecieron; aunque creo que por la agilidad de los cobradores, y esto no tirando a bandadas, sino a una paloma sola; y no digo esto por la mayor cantidad, que días ha habido de mayor número, y es tan grande su agilidad y presteza, que teniendo en el puesto cuatro arcabuces y cargándolos yo y Juan de Cepeda, que me ayuda en este oficio, no tenemos manos para dárselos a tiempo. [...] (pp.148-152)

LIBRO SEGUNDO - CAPÍTULO XLIII. De los conejos. [...] Para matarlos de este modo se contrahace la voz del conejo, metiendo en la boca una hojita de encina o una paja hueca, o se hace un chillo con una plumita de milano dentro, puestas estas cosas en los labios de manera que, chupando hacia dentro, suene la voz del conejo; otros, sin poner nada en la boca, chillan; otros ponen una hoja de gamón y otros una de ajo; mas hay de estos modos de chillar mucha diferencia, y no se puede usar de ellos en todas partes. [...] (pp.176-180)

LIBRO TERCERO - CAPÍTULO XX. De la cuerva y graja. Hay otras aves parecidas al cuervo en el plumaje, pies y pico, bien conocidas en España; la cuerva y la graja no son de su mismo tamaño, porque la cuerva es mayor; en esto y en la cabeza se diferencian estas aves; la graja la tiene cana, y lo demás del cuerpo es negro; asimismo la cuerva tiene ceniciento el pico hasta la mitad de él, y la graja lo tiene todo negro; en lo demás todas son de una hechura, aunque cada una tiene estas cosas en la conformidad de su cuerpo. El sustento de estas aves son: langostas, lombrices, gusanillos de la tierra, y asimismo semillas y bellota. [...] (p.198)

LIBRO TERCERO - CAPÍTULO XXV. De la perdiz. [...] Son muy amigas de las hierbas que llaman campanillas; susténtanse de ellas y de otras muchas, y de semillas y de uvas y bellotas. [...] (pp.205-206)

LIBRO TERCERO - CAPÍTULO XXVI. De las palomas. [...] La torcaz se diferencia de las otras por el collar blanco que les ciñe el cuello y por se rmás largas de cola, y tienen el pecho de color algo encendido; susténtanse de semillas, algarrobas, yeros y lentejas, y otras comen bellotas de todos géneros: encina, alcornoque, roble y haya; y cuando les falta, se sustentan de hierbas; crían en árboles de todo monte; [...] pero la torcaz es la más tierna, particularmente en el invierno, cuando comen la bellota. [...] El modo de matar estas aves: en el mes de noviembre vienen grandísimas cantidades de ellas de Berbería y otras partes, que pasan a invernar a España, y en las dehesas que hay mucha bellota es grandísimo el número que acude a ella, y entonces, para matarlas con ballesta y arcabuz, cogen algunas de ellas con redes para señuelos.[...] (pp.206-209)

LIBRO TERCERO - CAPÍTULO XXXI. De los ánsares y ánades reales y otros géneros de aves de agua. Son los ánsares, o gansos bravos, como los comunes; su color es ceniciento; [...] susténtanse de las gusarapas y sabandijas que hallan en los manantiales y en los ríos, donde comúnmente anda, y de semillas y frutas de árboles, como bellotas y otras comidas que hallan a este modo, y lo más que comen es de noche. [...] (pp.212-213)

LIBRO TERCERO - CAPÍTULO XXXVI. De los modos que hay de cazar las perdices.[...] También hay otros perrillos al modo de los pasados, que llaman de encarbo; éstos buscan las perdices en tierras de montes altos y huecos de encinares o pinos y olivares, tierra que por lo bajo se arrasa y sin monte en que se puedan esconder. [...] Armanlas asimismo unos orzuelos, en que caen, que es como una ratonera de agua. [...] (pp.218-223)

[MARTÍNEZ DE ESPINAR, Alonso (1644): Arte de Ballestería y Montería, escrita con méthodo, para escusar la fatiga que occasiona la ignorancia. Alonso Martínez de Espinar, que da el Arcabuz a su Magestad y Aiuda de Cámara del Príncipe Nuestro Señor. En la Emprenta Real. Año de 1644. Madrid.] books.google.es


1685 Funes

Aragón: Mosqueruela (Gúdar-Javalambre)

ORDINACIÓN CXXVIII. "De la pena de los que artigarán, escaliarán, y cerrarán en los montes, boalajes, o pardinas de la Comunidad". Item, estatuimos, y ordenamoas, que por lo mucho, que conviene para la conservación de los pastos de los ganados, que ningún vezino, ni habitador de la dicha Comunidad, ni otra persona alguna pueda, ni aún los Concejos de los Lugares de dicha Comunidad, ni Villa de Mosqueruela, concegil, ni particularmente puedan artigar, romper, escaliar, ni de nuevo labrar en los montes blancos, o yecos [sic] concegiles de la dicha Comunidad. Los quales, declaramos, no ser propios de los Lugares de dicha Comunidad, ni de la Villa de Mosqueruela; sino que antes bien son comunes para todos los Concejos, vezinos, y habitadores de la dicha Comunidad para qualquere usos, (excepto los escalios, que son solamente para los vezinos de cada un Lugar) ni en los boalajes, y dehesas de dicha Comunidad, ni en las pardinas de aquella, para fin de hazer dichos escalios, y labranças, se pueden cortar, y arrancar árboles de pino, carrasca, sabina, enebro, ni otros algunos, ni tampoco puedan cerrar patios algunos, ni edificar corrales, majadas, ni otros edificios en los dichos montes, dehesas, y pardinas, sin licencia del Procurador General de dicha Comunidad, precediendo información de los Iurados del Lugar donde, o en cuyos términos las cosas sobredichas, o alguna de ellas se hubiean de hazer, y en respecto de las pardinas, sin licencia del Procurador General. Y en caso, que algún Concejo, o persona particular, sin dicha licencia hará las cosas sobreditas, o alguna de ellas, incurra en pena de sesenta sueldos Iaqueses por cada pie de dichos árboles, que huvieren cortado. Y en caso, que artigare, labrare, o escaliare en los montes blancos, donde no huviere árboles, tenga de pena por labrança, rompimiento, y nuevo escalio, docientos sueldos Iaqueses. Y la misma pena tenga el que huviere cerrado, o hecho alguno de dichos edificios en dichos montes, dehesas, o pardinas, sin la dicha licencia. Y a más de esto le puedan ser derribados los dichos cerramientos, o edificios, y pacidos, o talados los sembrados. [...] (pàg.100)

ORDINACIÓN CXXIX. "De la pena de las Dehesas". Item, estatuimos, y ordenamos, que en los montes vedados, y Dehesas de los Lugares de dicha Comunidad, u de las pardinas de aquella, hiziere cortar leña de carrasca, rebollo, enebro albar, pino, o sabina coma, tenga de pena por cada pie que cortare, sesenta sueldos Iaqueses de día, y ciento veinte de noche. Y a más de la pena de los pies, tenga seis sueldos por cada una carga que hiziere de día, y doze sueldos de noche; y por cada una carretada, cinquenta sueldos de día, y ciento de noche. Y el que sacare leña de dichos montes, y Dehesas sin cavalgadura, de qualquiere manera que la sacare, aunque le hallen fuera de los montes, tenga la misma pena, que si fuere hallado dentro. Y el que huviere sacado tres cargas de leña con cavalgadura, y volviere por más, teniéndolas cargadas, u descargadas, sea visto encastillar, y tenga de pena de castillo; a saber es, por cada carga, y pie respectivamente, pague las sobreditas penas, aunque sea hallado con dicha leña fuera del monte; y a más de ello pueda ser acusado criminalmente. Y que en las dichas penas de carga, o carretada respectivamente, incurran todos aquellos que fueren hallados cortando leña, aunque no la tengan cargada por tantas cargas, o carretadas, como fueren las cavalgaduras, o carros, con que serán hallados respectivamente, aunque dichos carros, o cavalgaduras, estén fuera del monte. Y los que en los montes, y boalajes vedados sacarán leña seca sin licencia de los Iurados, tengan la misma pena por carga, o carretada, dando facultad de cortar en tiempo de oraje, oja [sic] de los dichos montes, o boalajes, como hasta aquí se ha acostumbrado. Y que el Procurador General, Lugarteniente, ni Regidor, no puedan hazer cortar, ni traer para sus casas, ni de otros leñas de carrasca, enebro, rebollo albar, pino o sabina, ni dar licencias a otros que la corten en los montes vedados, y Dehesas de la Comunidad, sino en tiempo de Piego, la que se ofreciere, y fuere necessario gastarse en ella. (pàg.101)

ORDINACIÓN CXXX. "Que en los montes, boalajes, y dehesas de la dicha Comunidad, o Pardinas de aquella, no se pueda hazer carbón, vigas, cabríos, ni otra madera". Item, estatuimos, y ordenamos, que en los montes vedados de la dicha Comunidad, o Lugares de ella, ni en las Pardinas, no se pueda hazer carbón, vigas, tablas, cabríos, ni otra ninguna madera para otros usos, ni para venderla, sino en las partes, y lugares, donde el Procurador General, y Regidor de la Sesma [sic], con los Iurados del Lugar donde estuvieren dichos montes, señalarán, y declararán, baxo las penas impuestas en la precedente Ordinación, ni aún en los montes blancos, puedan sin dicha licencia hazer las cosas sobredichas, ni alguna de ellas, sino para ussos propios de los mismos vezinos de la Comunidad, que la hizieren hazer. [...] (pàg.101)

[FUNES Y VILLALPANDO, Baltasar de (1685): Ordinaciones de la Comunidad de Teruel y villa de Mosqueruela. Por Pascual Bueno, Impressor del Reyno de Aragón. Zaragoza. 1685.] derechoaragones.es


1728 Ignacio de Egaña

Euskadi

PASTOS. El pasto del Ganado es libre de Sol a Sol en todos los Montes, y términos de la Provincia, aunque sean Sele, u términos amojonados, menos en las Viñas, Viveros, Manzales [sic], Huertas, y Heredades sembradas, y cerradas desde el día de nuestra Señora de Agosto, hasta el de Navidad siguiente; y si fuesen hallados los Ganados fuera de él, pueden prendarse por los Dueños, y obligar a los del Ganado a pagar (además de los daños causados) 25 dineros de moneda vieja. No puede pacer el ganado en los Jarales recién cortados, y seteados, de día, ni de noche, en los quatro años siguientes al corte, pena de pagar los daños al Dueño del Monte Jaral, y dos reales más por cada cabeza de Cabra, Yegua, Baca, o Buey, y por Cabrito uno; a menos que sean dichos Jarales propios del Dueño del Ganado, o entren con su licencia. Tampoco se pueden tener Yeguas, ni Cabras, sino es en propia Heredad, pena de medio Florín de oro por cabeza de Yegua, que son quatro reales, 24 maravedís por cada Cabra, 12 por cada Cabrito, y doble prendándolas de noche, según consta del Título XL de los Fueros, desde folio 322 hasta el 325, donde se trata también de la forma con que se ha de proceder a la averiguación de las prendarias de Ganados, y de si hay Castaña, o Vellota en los Montes para prendar, o dejarlos libres; y en el Capítulo único del mismo Título del Suplemento se pone la Real Provisión de cinco de Julio de 1728, en que se confirma el que no pasten las Cabras en Heredad agena, y para la prendaria de ellas se señalan quatro reales de vellón, en lugar de los 24 maravedís.

REGLAMENTO DE MONTES. El que se dispuso en 26 de Septiembre de 1738, [...] aprobado por Su Magestad en la primera Regla de la Real Ordenanza de 28 de Junio de 1749. [...] VI.ª Que a los Árboles jóvenes se arrimen espinos para atajar el daño del Ganado; VII.ª Que en la distancia de los Árboles, así bravos, como trasmochaderos, que se plantaren, use cada Pueblo de la medida que tenta experimentado por más útil; VIII.ª Que no se reduzcan a trasmochos las Plantaciones de Robles, que estén en oyadas una legua al Mar; IX.ª Que las Villas capitulen con los Viveristas no estar obligadas a recibir los Plantíos, que pasados diez años no hubieren crecido competentemente, y que dejen completo el Vivero de Árboles en la medida regular; X.ª Que los que con Licencia rezaren tierras Concegiles, hayan de plantar seis Árboles, o Castaños, por cada Fanega de Sembradura, sin que se compense de otra suerte este gravamen; XI. Que las tierras de las Rozaduras se den con la obligación de sembrarlas en el último año de Bellota, o Castaña, mezclada, y rebuelta con la semilla que se hubiere de sembrar, sin que se arranquen las Estacas, por las cuales abonará la República al Dueño el valor; XII. Que se cuide de guiar Árboles en los Jarales, y especialmente los Alisos; [...] XXIV. Que la Villa de Plasencia, y las inmediatas a ella, en la distancia de tres leguas en contorno, tengan cuydado de plantar Nogales, y también sus Vecinos en términos propios; XXV. Que se siembren Nueces en las peñas peladas de piedra caliza, haciendfo ahugeros proporcionados, o se planten Plantíos, y que señale la Provincia alguna retribución a los que hicieren constar de esta suerte de Plantación; XXVI. Que se cuyde de que en las Plantaciones que se hagan, especialmente en los Pueblos cercanos al Mar, sea un buen número de Álamos negros, u Olmos; XXVII. Que se tenga gran cuydado de sembrar y guiar los Pinabetes, especialmente en San Sebastián, Usurbil, y Lezo, y otros parages semejantes; XXVIII. Que se castiguen severamente los cortes de Árboles mozos que se hagan en términos agenos.

REGLAMENTO DE MONTES. Con motivo de haberse publicado la Ordenanza general de 31 de Enero de 1748, dispuesta, para fomento y conservación de Montes. [...] V.º Que cada Pueblo tenga un Vivero destinado al Plantío de Robles, y se observen en su cría, transplantación, y distancia, las Reglas que la práctica dicatare más útiles. [...] VIII.º Que sobre rozaduras de tierras concegiles se observen los Capítulos del Fuero, y del Reglamento de 1738, sin que se corte por el pie Roble alguno, bravo, o trasmochadero, que no sea inútil, y con la precisa condición de plantar tres Árboles por cada uno de los que se cortaren con las formalidades regulares. [...] XVI. Que el mismo Ministro examine, y comunique a cría de Robles bravos; XVII. Que igualmente acuerde lo que convenga con la Provincia para fomento de Encinas, Chopos, Ayas, Nogales y otros Árboles en los parages adecuados. [...]

[EGAÑA, Ignacio de (1780): El guipuzcoano instruído en las reales cédulas, despachos y órdenes, que ha venerado su madre la Provincia (...) desde el año de 1696 hasta el presente de 1780 (...) por D. Domingo Ignacio de Egaña, oficial, que fue, del Archivo del Real y Supremo Consejo de Castilla, y de la contaduría General de las Órdenes Militares, actual Secretario de Juntas y Diputaciones de la misma Provincia, para uso y servicio de sus esclarecidos Pueblos y Nobleza. San Sebastián: Imprenta de D. Lorenzo Riesgo Montero de Espinosa, Impresor de la M. N. y M. L. -muy noble y muy leal- provincia de Guipúzcoa.] liburutegibiltegi.bizkaia.eus - liburutegibiltegi.bizkaia.eus - books.google.es


1754 Agustín Calvo Pinto

General

Descripción de el Campo. [...] Contiene también muchos Montes de diferentes especies y nombres. Los que están en las riberas, que tienen Zarzas, Juncos, Álamos y otras frondosidades, se llaman Soros. Hay otros que se han quemado, o cortado, que empiezan a echar tallos, que se llaman Verdugales. Otros, que tienen Encina y monte baxo, se llaman Moedas; los altos y huecos se llaman Oquedales. (p.36)

De la caza de Venaos y Gamos a estrivo. Picaderos se llaman los hoyos que hacen los Gamos en tiempo de ronca junto a las Encinas. [...] (pp.195-197)

[CALVO PINTO, Agustín (1754): Silva Venatoria. Modo de cazar todo género de Aves y Animales, su naturaleza, virtudes y noticias de los temporales. Su autor, D. Agustín Calvo Pinto y Velarde, Montero de a cavallo de su Magestad. Imprenta de los Herederos de Don Agustín de Gordejuela y Sierra. Año de 1754. Madrid.] books.google.es


1765 Nicolás Fernández de Moratín

España

VI - XV.

Ni dexen de informar las Atalayas,

que al Sol verán salir del claro Oriente,

y atentas estas cosas, es bien vayas

a ver el puesto con el ayre enfrente,

del monte al paso de Carrascas mochas

en las encrucijadas de las trochas.

[FERNÁNDEZ DE MORATÍN, Nicolás (1765): La Diana, o Arte de la Caza: Poema dedicado al Serenísimo Señor D. Luis Antonio Jayme de Borbón, Infante de las Españas, etc. Por Don Nicolás Fernández de Moratín, Criado de la Reyna Madre Nuestra Señora. Oficina de Miguel Escribano, Año de 1765. Madrid.] books.google.es


1768 Provisión (Carlos III)

Extremadura

Para evitar el perjuicio que resultaba al común de vecinos de los Pueblos en la subhasta de dehesas pertenecientes a propios para el disfrute de la bellota, con motivo de estancarse en los poderosos por el precio que querían, lucrándose en crecidas cantidades por medio de subarriendos, y conforme a lo establecido para la Provincia de Extremadura en Provisión de 3 de Noviembre de 1767, se manda a los Corregidores y Justicias de estos Reynos procedan a nombrar los inteligentes [...].

[SANCHEZ, Santos (1803): Colección de Pragmáticas, Cédulas, Provisiones, Autos acordados, y otras providencias generales expedidas por el Consejo Real en el Reynado del Señor Carlos III. Cuya observancia corresponde a los tribunales y jueces ordinarios del Reyno, y a todos los basallos en general. Por don Santos Sánchez, Oficial de la Escribanía de Cámara y Gobierno del mismo Consejo. Tercera edición. Imprenta de la viuda e hijo de Marín. Madrid. año de MDCCCIII.] books.google.es


1823 Bory de Saint-Vincent

Sistema Central

IV. Autres divisions physiques de la Péninsule [...] Ausssi le voyageur qui, d'un point quelconque du pourtour de la Péninsule, se rend directement à Madrid qui en occupe à peu près le centre, prend-il de l'Espagne la plus déplorable idée. Après quelques lieus de trajet au travers des cantons rians, encore que coupés et montueux, il marche à travers des monts dépouillés, ou de vastes plaines sur lesquelles l'oeil ne ditingue que bien rarement quelques arbres presque toujours courbés parl es vents; des bos de Pins, de Bélotes et d'Yeuses ne sont échappés çà et là à la coignée dans certains cantons écartés, que pour fair eexception au dépouillement général. Il est même des parties de la Castille, de la Manche et de l'Aragon, où la rareté des arbres familiarisant le campagnard avec l'idée d'un espace où son oeil veut plonger sans obstacle, les arbres ont été comme pris en horreur, et nous en avons vu détruire, qui se trouvaient isolés au milieu des champs, par la raison que les oiseaux s' y perchaient. Les Castillans et les Aragonais ont fini par s'imaginer que les arbres attiraient les oiseaux larrons [pájaros ladrones] de leurs récoltes de grain! Cet absurde préjugé est le résultat d'anciennes et détestables ordonnances sur les forêts, ordonnances qui attribuaient au roi, pour le service de sa marine, la propriété de deux arbres sur cinq plantés dans la totalité de l'Espagne. Ce pays bientôt en deuil de ses arbres, dévoré par l'ardeur d'un soleil dont rien ne tempérait la force, a vu graduellement se desécher ses fontaines et tarir les cours de ses roisseaux; aussi trouve-t-on dans la plupart des cantons dépuillés de la contrée une multitude de lacs, de ravins, et de vallons à sec, qui durent autrefois être des cause sde fertilité; mais les eaux n' y couleront plus. [...] (p.221)

Extremadura

7. L'ESTRAMADURE. [...] Les sillons de champs que, de mémoire d'homme, on ne sache pas avoir jamais été mis en culture, existent durcis, affaissés, mais toujours visibles, dans ces vastes solitudes couvertes par les Cistes ou par de grands bois, composés de diverses espèces de Chênes à feuilles persistantes. Le feuillage de ces arbres centenaires a protégé ces traces, et la mémoire de ceux qui les tracèrent a disparu. [...] Ailleurs, on trouve quelques grandes forêts de Bellotes et de Suriers ou Chênes à Liége [alcornoques], remplies de porcs, qu'on y abandonne presque à l'état sauvage, et dont on fait des jambons et des chorizes; ces chorizes sont des espèces de saucisses fort renommées dans toute l'Espagne et dont il se fait une consommation d'autant plus considérable que leur présence est indispensable dans la olla, mets de totus les jours pour l'Espagnol le moins aisé, comme pour le plus riche; les Chataigniers, les Chênes et quelques Pins, sont les arbres des montagnes, dans les vallons desquelles on trouve d'excellents pâturages. Les lieux cultivés produisent du Blé, de l'Orge, du Chanvre [cáñamo], du Lin, de la cire, du miel excellent, de l'huile et du vin avec un peu de soie. (p.300 y p.304)

Castilla y León: Valladolid

10. PROVINCE DE VALLADOLID. [...] On trouve par-ci par-là quelques bois d'Yeuses, de Bellotes, de Suriers et de Pins vulgaires. En quelque endroits ces arbres ayant été broutés dans leur jeunesse, sont devenus de gros bouissons, qui, avec d'autres buissons d'Aubépine [espino] et des touffes de deux espèces d'Asperges [espárragos] ligneuses et piquantes, forment des forêts en miniatures où les troupeaux trouvent quelque abri contre les feux du jour. (p.425)

Castilla y León: Salamanca

11. PROVINCE DE SALAMANQUE. [...] Les cantons élevés, les plateux et quelques parties des pentes des montagnes, y sont couvertes de bois de Bélotes et de Châtaigniers. Les fruits de ces arbres sont des objets précieux, non-seulement parce qu'ils donnent à la chair des porcs qu'on abandonne à l'état sauvfage dans ces forêts, une saveur exquise, mais pour la nourriture des habitants; on en transporte de grandes quantités dans les villes, et surtout à Madrid, où ces fruits, les glands doux eux-mêmes, sont servis au dessert sur les meilleures tables. (p.431)

Castilla y León: Segovia

17. PROVINCE DE SÉGOVIE. [...] Toutes les routes, qui peuvent conduire de Bayonne à Madrid, la traversent; elle est généralement nue, et le peu de bois de Pins ou d'Yeuses qu'on y recontre indiquent toujours la stérilité sablonneuse du sol qu'ombragent de tels arbres. (p.452)

Madrid: sierra de Guadarrama

19. PROVINCE DE MADRID. [...] (Les montagnes du Guadarrama.) Des grands bois d'Yeuses, de Châtaigniers, d'Aulnes [alisos], de Chênes et d'Oxicèdres ombrageaient alors la solitude de San-Lorenzo. On a conservé une certaine quantité de ces arbres pour former le parc du monacal palais, triste séjour que n'embellit aucun jardin raisonnablement planté. (p.477)

Extremadura: Malpartida (Cáceres)

23. PROVINCE DE CACÉRÈS. [...] (Malpartida) est située dans ces cantons absolument déserts où l'on reconnaît les traces d'antiques sillons ombragés de bois d'Yeuses ou couverts de Cistes et autres buissons (p. 300). (p.504)

Extremadura: Montehermoso (Valle de Alagón, Cáceres)

23. PROVINCE DE CACÉRÈS. [...] Montéhermoso, sur la rive gauche du Rio Alagon, au milieu de vastes plateaux qui produisent quelques grains, mais qui sont presque en totalité abandonnés aux arbustes sauvages, tels que les Cistes, Romarins et Arbousiers [madroños], quand ils ne sont pas couverts d'Yeuses, de Bellotes et de Suriers. (p.504)

Andalucía: Marbella (Costa del Sol Occidental, Málaga)

28. PROVINCE DE MALAGA. [...] Les environs de cette même Marbélla, qui pourraient produire tout ce que donnent les pays équinoxiaux, incultes, desséchés, déserts, ne donnent guère plus qu'un peu de vin, du liége [corcho] et e des béllotes ou glands doux. Tel est le résultat d'un détestable système colonial qui amènerait la ruine totale du pays de l'univers qui peut le mieux se passer de colonies, si par malheur pour lui il lui en restait encore une dans dix ans. (p.549)

[BORY DE SAINT-VINCENT, Jean-Baptiste (1823): Guide du Voyageur en Espagne, par M. Bory de Saint-Vincent, correspondant de l'académie de sciences, l'un des officiers supérieurs anciennement attachés au dépôt de la guerre, et aide-de-camp de son excellence le duc de Dalmatie, durant la dernière guerre d'Espagne (1808 a 1813). Louis Janet, librairie, rue Saint-Jaques, n.º 5. Paris. 1823.] books.google.es


1845-1850 Madoz

País Valencià

ALBOCACER [Albocàsser, municipio de l'Alt Maestrat, Castelló]: Crecen algunos frutales y moreras; lo erial abunda en bosques de encinas y robles y de monte bajo, en el cual se crían abundantes yerbas de pasto. [...] Producciones: trigo, que no basta para el consumo de sus habitantes, en muchos años, aunque es muy bueno, pero costoso por su cultivo, alguna cebada, maíz, vino, alubias, garbanzos, varias legumbres, hortalizas, cerezas, higos, que por sazonar tarde es difícil su preparación para que se puedan conservar, algunas aceitunas, cuyo aceite es de muy buen busto, patatas, bellotas, seda, miel, cera, ganado lanar, cabrío, vacuno y de cerda.

ALBOCACER [antiguo partido judicial de Albocàsser, Alt Maestrat, Castelló]: Desde su pie hasta la cima se ven cubiertos de árboles y arbustos de diferentes clases, unos silvestres, como pinos, encinas, bojes, etc., otros cultivados como algarrobos, moreras y almendros, de plantas aromáticas y medicinales de mil diferentes especies; y de yerbas de pasto que proporcionan alimento en todas las estaciones a un considerable número de ganados. [...] Producciones: trigo, cebada, vino, aceite, algarrobas, bellotas, cáñamo, seda, higos y otras frutas, hortalizas, miel, cera, ganado lanar, cabrío y de cerda.

ALCALA DE CHIVERT [Alcalà de Xivert, municipio de l'Alt Maestrat, Castelló]: Se cultiva como una décima parte de las tierras; lo demás, sirve para pastos de los ganados de Morella y Aragón, y para las colmenas en ciertas temporadas del año. El monte es bajo y se utiliza solo para carbón. [...] Producciones: vino, aceite, algarrobas, mucha y rica miel y cera, trigo, leche, varias frutas, perdices, liebres y conejos.

ALCIRA [Alzira, Ribera Alta, València]: No hay bosques de ninguna clase, a excepción de algunos algarrobos, olivos y carrascas; sin embargo, están pobladísimos de leña baja que sirve para los hornos de pan cocer [sic] y de cal, y para el carboneo. [...] Abundan en vegetales y pastos, como también en pinos y carrascas en bastante número, que solo sirven para carbón y leña por hallarse carcomidos, y en acebuches y algarrobos que nacen allí esporádicamente con especialidad en los barrancos.

ALCOY [antiguo partido judicial de Alcoi, l'Alcoià, Alacant]: En todos estos montes es prodigiosa la vegetación, si bien el arbolado ha disminuido mucho, especialmente en el Carrascal, a consecuencia de los cortes de leña y madera para surtido de las fábricas que hay en la ciudad de Alcoy, pero aún es considerable el número de pinos, carrascas y tejos y otros árboles silvestres que crecen en las montañas; la tierra caliza y arcillosa de que generalmente se compone la superficie de las mismas, hace que abunden el espliego, romero, tomillo, con muchas otras plantas aromáticas y medicinales, y multitud variada de flores que embalsaman el aire.

Aragón

ACERED [Campo de Daroca, Zaragoza]: El monte es muy extenso, abundante en bosque carrascal y chaparrales, de los cuales se fabrica carbón, y en yerbas finas de pasto.

AGUARÓN [Campo de Cariñena, Zaragoza]: Los montes dan surtido abundante de madera para los aperos de la labranza y otros usos, para rico y abundante carbón, y cría mucha bellota.

ALBARRACIN (SANTA MARIA DE) [Albarracín, Sierra de Albarracín, Teruel]: Hay muchos bosques arbolados de los cuales, después de tomar los vecinos la madera y leña que necesitan para sus usos, se vende la que parece conveniente para carboneo, de cuyo artículo se surten en gran parte cinco ferrerías que hay en los pueblos de la sierra.

ALBENTOSA (partido judicial de Mora) [antiguo partido judicial de la comarca de Gúdar-Javalambre, Teruel]: (Terreno) muy poblado de encinas. [...] En un ramal de dicha carretera (de Teruel a Valencia), y a una legua del pueblo, se encuentra una masía o venta llamada 'Chopo', que libra a los viajeros de los peligros de los bosques de encinas que tiene la principal. [...] Industria y comercio: muchos de los habitantes de este pueblo se dedican al transporte de géneros de un pueblo a otro, y a la quema de encinas para carbón que llevan a Valencia y otros puntos.

ALCAÑICEJO [pardina y despoblado de Tosos, Campo de Cariñena, Zaragoza]: Se divide en dos trozos de monte, el uno da mucha leña de carrasca [fe de erratas: ponía 'carrasco'], coscojo y sabina, con la que se hace abundante carbón; el otro, romero y ginesta, y ambos muchas y ricas yerbas de pasto.

ALDEHUELA [localidad del municipio de Teruel]: Tiene un monte de cerca de una hora de circunferencia que cría hijuelas de encina, pinos, chaparros y buenas yerbas de pasto.

Catalunya

ADRI [pueblo de Canet d'Adri, Gironès, Girona]: Sus montes abundan en alcornoques, encinas y robles. Prod. patatas, bellota, vino, trigo, maíz, centeno, avena y pocas hortalizas.

AGULLO [Agulló, localidad de Àger, la Noguera, Lleida]: Las tierras en cultivo son próximamente 150 jornales y otros 150 lo yermo, en donde se crían muchos robles y encinas que se utilizan para el carboneo"."Prod. la principal es el trigo, centeno, escaña y bellota.

ALBIOL [l'Albiol, municipio del Baix Camp, Tarragona]: Tampoco le faltan bosques de pinos que sirven para diferentes obrajes de madera, enebros, encinas, otros árboles y arbustos, y otros de mata baja donde se crían buenas y abundantes yerbas de pasto.

Islas Baleares/Illes Balears

ALAYOR [Alaior, municipio de la isla de Menorca]: Por lo más áspero hay extensos bosques de encinas y pinos, útiles para la construcción y el carboneo.

País Vasco/Euskadi

ALBISTUR [Albíztur/Albiztur, municipio de la comarca Tolosaldea, Guipúzcoa/Gipuzkoa]: El terreno es fértil y aunque montuoso y poblado de castaños, nogales, cerezos, robles, encinas, hayas, álamos, olmos, fresnos y otros arbustos.

Castilla y León

AGUILA (EL) [Dehesa del Águila, en Fuentes de Oñoro, comarca de Ciudad Rodrigo, Salamanca]: El terreno, que se halla poblado de buen arbolado de encina, roble y algunos fresnos, es arenisco y se siembra de centeno. Abunda la bellota que mantiene en un año común 200 cerdos de vara y 500 camperos.

ALARAZ [municipio de la comarca de la Tierra de Peñaranda, Salamanca]: Los (bienes) propios consisten en 1400 huebras de tierra, incluyendo un monte que también se labra, y se compone de 506 huebras de encina alta, en otro monte de 263 huebras de la misma clase de encina, y en otro de mata baja en general.

ALBERCA (LA) [La Alberca, municipio de la comarca de la Sierra de Francia, Salamanca]: (Posee) buenas dehesas; una a ½ legua al SO denominada de las Batuecas, de 1 legua de extensión, de piso tan quebrado que solo puede andar por ella el ganado cabrío, y se halla poblada en lo general de encinas; otra al SE que principia desde las mismas casas, y se extiende por algunos lados una legua, siendo su latitud de ½ de largo; es de roble en su mayor parte con algunos castaños.

ALBERGUERIA [Alberguería de Herguijuela, localidad del municipio de Herguijuela del Campo, comarca de Guijuelo, Salamanca]: No tiene más monte que un pequeño trozo de roble bajo [sic] que sirve para pastos y unos cuantos álamos y encinas.

ALBERGUERIA DE ARGAÑAN [La Alberguería de Argañán, municipio de la comarca de Ciudad Rodrigo, Salamanca]: Terreno quebrado y poblado de robles y algunas encinas.

ALBERGUERIA DE LA VALMUZA (LA) [Alberguería de Valmuza es un núcleo de población de Parada de Arriba, comarca del Campo de Salamanca]: El monte de encina ocupa 20 huebras [sic].

ALBILLO [el monte Albillo está entre las localidades de Frías, Tobera, Villanueva de los Montes y Quintanaseca, entre las comarcas de las Merindades y Bureba, Burgos]: Su suelo es una piedra que no permite se críen árboles de la menor utilidad, estando únicamente poblado de bojes y carrascos muy bajos y otras malezas.

ALBORNILLO Y BERMUDO [dehesa de Sanchorreja, comarca Sierra de Ávila]: Frutales de varias clases de peras, e inmediato a ellas existe un pedazo de monte de encina de ½ legua de circunferencia.

ALCAZARÉN [localidad del municipio de Barbalos, Campo de Salamanca]: Hay, además, 158 fanegadas pobladas de monte de encina, algunos prados, y tres valles regulares de muy buenos pastos; se nota entre los demás árboles, un corpulento y elevado pino, que demuestra ser el terreno a propósito para ellos.

ALCORNOCAL [núcleo de población de Garcirrey, Campo de Salamanca]: Producciones: poco centeno, pasto y bellota de encina y roble, que crían mucho ganado lanar churro, cerdoso y vacuno.

ALCUBILLA DEL MARQUES [Alcubilla del Marqués, localidad de Burgo de Osma, comarca de Burgo de Osma, Soria]: El monte, poblado de encinas y enebros, del que los vecinos se surten de combustibles, será de cabida de 12 fanegadas.

ALCUBILLAS DE AVELLANEDA [Alcubilla de Avellaneda, de la comarca de Burgo de Osma, Soria]: Se eleva en él un monte de buenos pinos, encinas y otros arbustos, al cual se da el nombre de Valmaya.

ALDEA DE LA PUENTE [La Aldea del Puente, localidad de Valdepolo, Tierra de Rueda, León]: Comprende algunos carrascales con buenos pastos, arbustos y maleza.

ALDEA DEL OBISPO [municipio de la comarca de Ciudad Rodrigo, Salamanca]: El terreno es muy a propósito para ganados y pastos, muy desigual y algo poblado de monte de encina.

ALDEA EL GORDO, ALDEA DEL GORDO, O ALDEALGORDO [Aldealgordo fue un lugar de San Pedro de Rozados, Campo de Salamanca]: (Cuenta con) 200 (huebras) de monte de encina y carrasco, cuyo suelo da también pasto. [...] Producciones: trigo, cebada, centeno, pastos, legumbres, bellota (si no la destruye la langosta), y ganados, especialmente lanar fino y cerdoso. [...] El arbolado permite el carboneo cada diez años.

ALDEALCIEGO [caserío y dehesa de Aldealciego, en término de Ávila, Comarca de Ávila]: Producciones: centeno, poca bellota, pastos y alguna leña para cisco [cisco, picón y carbon de encina se refieren al carbón vegetal].

ALDEAVIEJA [Aldeavieja de Tormes, municipio de Salvatierra, Salamanca]: Hay también un monte de encina con algunos robles que mantiene por un quinquenio 130 cerdos de vara y 44 camperos.

ALDEHUELA DE CALTAÑAZOR [Aldehuela de Calatañazor es una pedanía de Calatañazor, Tierras del Burgo, Soria]: Comprende dos montes, uno enebral, que proporcionan abundancia de bellota para el ganado de cerda, que se cría en crecido número.

Madrid

ALCALA DE HENARES [municipio de La Alcarria]: Los cerros se hallan sin arbolado alguno; no obstante que su terreno es muy a propósito y que en tiempo del cardenal Cisneros estuvieron plantados de encinas y otros árboles.

ALCOBENDAS [municipio de la comarca Metropolitana de Madrid]: Con un monte bajo de carrascal en Fuencarral que benefician para carbón.

ALDEA DEL FRESNO [municipio de la comarca Cuenca del Alberche]: El terreno es llano en general, de inferior calidad, excepto las tres dehesas referidas, cubiertas de monte de encina alto y bajo. [...] (El presupuesto municipal) se cubre con el producto de pastos o labor, y fruto de bellota de la dehesa de Hernanvicente, que corresponde a los propios.

Castilla-La Mancha

ALAMIN (MONTES DE) [Montes de Alamín, en el municipio de Santa Cruz del Retamar, comarca de Torrijos, Toledo]: Prod. ricos y abundantes pastos y bellota, con los que se mantienen y ceban muchas ganaderías de todas clases.

ALBACETE [provincia de Albacete]: Precios que han tenido en los mercados de la provincia de Albacete los frutos que en ella se cosechan en los años de 1840 al 44 inclusives. FRUTOS: Carbón, la arroba. PRECIOS en reales de vellón: 2 (1840), 2,5 (1841), 3 (1842), 3 (1843), 3,5 (1844).

ALBACETE [Albacete ciudad]: Hubo espesos pinares, algún carrascal y mucho monte bajo de coscoja, romero, atocha, enebro y otros arbustos, pero los incendios, carboneos y talas han reducido casi a la nulidad estos montes.

ALBORECA [pedanía de Sigüenza, comarca de la Serranía, Guadalajara]: Una dehesa de 570 fanegadas poblada de carrascales y roble.

ALCARAZ [municipio de la Sierra del Alcaraz, Albacete]: Además de los montes de estas poblaciones, contaba por sí 114 cubiertos de pinos salgareños y encinas propias para la construcción civil y náutica, destinados al surtido del departemento de Cádiz.

ALCARRIA (territorio antiguo) [comarca de La Alcarria, Guadalajara]: Muchos montes de roble y encina que hay donde se cogen excelentes maderas para artefactos. [...] Constituye parte de la industria de estos habitantes el carboneo de la madera que no sirve para construcción de artefactos, de lo que resulta una utilidad tan grande como la miel, que recogen en abundancia.

ALCÁZAR DE SAN JUAN (partido judicial) [antiguo partido judicial de la provincia de Ciudad Real]: Los carrascales del Tomelloso y Villarrobledo, y el monte de encina entre el campo de Criptana y Pedro Muñoz, suministran combustible a todo el partido, y aún se saca de ellos alguna madera regular, que con la procedente de las alamedas de Argamasilla, Herencia y despoblado de Cervera, es la suficiente para la construcción de carruajes y aperos de labor. [...] Los pastos son lo de algunas dehesas, vegas, rastrojos, y lo que en el país se llama ‘ramoneo’, que es el consumo de la hoja de la carrasca.

ALCOBUJATE, ALCOHUJATE O ALCUJATE [Alcohujate, municipio de la Alcarria Conquense, Cuenca]: Tiene un monte poblado de roble y carrasca que proporciona abundante combustible.

ALCUDIA [Valle de Alcudia, valle y comarca de Ciudad Real]: (El terreno) está poblado de corpulentas encinas, cuyo fruto es sabrosísimo.

ALDEADAVILA DE FUERO Ó DE LA RIBERA [Aldeadávila de la Ribera, municipio de la comarca de Vitigudino, Salamanca]: Un pequeño monte de encina.

ALDEADAVILA DE REVILLA [Aldeávila de Revilla, despoblado de Buenamadre, comarca Campo de Salamanca]: Un pequeño monte de encina

ALGAR [Alagar de Mesa, Molina-Alto Tajo, Guadalajara]: Abundante en montes de encina, nogales de extraordinaria magnitud y cerezos. [...] Producciones: trigo puro, centeno, cebada, avena, cáñamo, patatas, miel, cera, mucha bellota, fruta, nueces y verduras. [...] Presupuesto municipal: 1.500 (reales) que se cubre con el producto de los propios consistentes en el molino harinero que se ha citado, la montanera de bellota y el arbitrio de la taberna.

Extremadura

ACEBO [municipio de Cáceres, en la Sierra de Gata]: Bastantes encinas de fruto muy dulce y menudo.

ALBALA [Alalá, municipio de la comarca de Montánchez, Cáceres]: El monte de encinas, situado al norte, perteneciente al común del vecindario, además de los buenos pastos que produce para cebar los cerdos y demás ganados, abastece de leña al vecindario". "Prod. trigo, centeno, muchos garbanzos, bellotas de encina, poco aceite y vino.

ALBARRAGENA, TORRE DE ALBARRAGENA Y CUARTO DE DEBAJO DE LA TORRE [dehesa de Valencia de Alcántara, mancomunidad de San Pedro, Cáceres]: En renta unos 5.000 reales, procedente de la bellota, pastos y escasa labor, siendo una tercera parte de arbolado de encina y alcornoque.

ALBERGUERIAS [dehesa junto al río Gibranzos, que discurre por la provincia de Cáceres]: Su arbolado se reduce a monte alto de encina en su mayor parte; y el resto, matas también de encina y jara.

ALBURQUERQUE [antiguo partido judicial de la comarca de Lácara-Los Baldíos, Badajoz]: Las dehesas de Azagala, Mayorga y Piedra-buena están pobladas de monte alto de encina y alcornoque, que mantienen de 12 a 14.000 cerdos.

ALBURQUERQUE [municipio de la comarca de Lácara-Los Baldíos, Badajoz]: La misma cordillera en que está situada la villa divide el terreno en el llamado de Zafra y de Barro, aquel al norte y éste al sur de la población. El terreno de Zafra es arenoso, se destina para centeno, plantío de viñas, y está poblado de 5.500 encinas y 6.000 alcornoques. El Barro es montuoso, cubierto de jara, escoba, lentisco, romero, brezo, madroño y otros arbustos que se rozan y queman con intermedio de 12 y más años para prepararlos a la sementera de trigo y cebada. En esta parte están los olivares, y tiene asimismo un número inmenso de árboles de encina y alcornoque, y la cuarta parte solo sirve para pasto de ganado cabrío y colmenas.

ALCANTARA [municipio de la comarca de Alcántara, Cáceres]: Hay en esta parte del río un monte de olivos de 12.000 pies de toda calidad y escasa producción, una porción de pinar casi mezclada con los olivos, un pequeño monte de encina de dominio particular que principia a dar bellota. [...] Existe el monte de la Recobera. Es de propios, tiene buen terreno que se pasta y labra además del aprovechamiento de bellota. [...] Todo el terreno ascendía a finales del siglo pasado [XVIII] a 86.000 fanegadas de tierra en cuadro; de éstas, 52.000 pertenecían a las 101 dehesas expresadas; 2.500 en olivares y viñas; 230 en hortalizas, frutales, zumacales y pinares; y en tierras comunes, 31.270; ahora disfruta el mismo con corta diferencia. [...] En 1466 se habían obligado los caballeros, escuderos y demás señores de dehesa [sic] a pagar por estos montes y en razón de diezmos, 11.000 florines de oro; en 1568 y 1570 fue arrendada su bellota en 18 y 24.000 reales; en el siglo siguiente aún permanecían; en el día han desaparecido por los continuos cortes y por los privilegios concedidos a los ganaderos.

ALCONCHEL [municipio de los Llanos de Olivenza, Badajoz]: El terreno es montuoso, de jaras y retamas; y, en los confines de Villanueva, Higuera de Vargas y Cheles, bien poblado de encina. [...] 6.440 reales del fruto de bellota de la dehesa de Cabezas-rubias.

ALCONERA (LA) [Alconera, municipio de la comarca Zafra-Río Bodión, Badajoz]: Un monte de encina y chaparro inmediato al pueblo y algunos patos. [...] Presupuesto municipal: 5.000, del que se pagan 2.000 al secretario por su dotación, y se cubre con el valor de las yerbas, rastrojera, bellota, el canon de varias tierras, un horno tejero y los abastos del vino, aceite, carne y demás arbitrios.

ALCORNOCAL NUEVO [dehesa de Segura de León, comarca de Tentudía, Badajoz]: Está poblada de alcornoques en su mayor parte, y lo restante, de encina.

ALCUESCAR [Alcuéscar, municipio de la comarca de Cáceres, Cáceres]: Y otra parte de monte hueco de alcornoque y encina; los principales de estos montes son: el llamado Dehesa Boyal, de alcornoques, y el de Val de la Yegua, de encinas. [...] Se cosecha también miel, garbanzos, cebada, habas, avena, vino y bellotas.

ALDEA DEL CANO [municipio de la Sierra de Montánchez, Cáceres]: Un prado boyal en que se encierra un pequeño monte de encinas y alcornoques […] y ya por un quinquenio mantiene 30 puercos de montanera, y se provee de leña y maderas para los aperos de la labor.

Andalucía

AGUILAR DE LA FRONTERA [comarca Campiña Sur, Córdoba]: (Produce) abundantes pastos y bellota con los que se cría ganado lanar, cerdoso, vacuno, cabrío, mular, caballar y asnal.

ALBOLODUY [municipio de la Alpujarra Almeriense, Almería]: El monte de encina va desapareciendo por falta de cuidado, y las moreras se van reponiendo con nuevas plantaciones.

ALBUÑOL [antiguo partido judicial de la comarca Costa Granadina, Granada]: En el Chaparro y cerro del Junco, término de Torbiscon, hay un monte muy poblado de encinas, y en el sitio de Barbacana otro de igual naturaleza; de ambos se extraen maderas para instrumentos de labor, prensas y husillos, leña para las fábricas de aguardiente y para hacer carbón, así como corchos que se llevan a Cataluña del espeso bosque de alcornoques que se halla en la parte meridional del cerro Haza del Lino. [...] Pero debemos advertir que en el terreno de muchos pueblos, donde antes abundaba el plantío de encinas y de otra case de árboles, se ha ido disminuyendo considerablemente, con grave perjuicio de los particulares y del Estado.

ALCALA DEL VALLE [Alcalá del Valle, municipio de la Sierra de Cádiz]: Los montes son muy feraces y de excelentes frutos, engordándose anualmente con el de bellota, en el término, más de 3.000 cerdos. Además del arbolado de encina, es también numeroso el de quejigos.

ALCALA LA REAL [antiguo partido judicial de Alcalá la Real, comarca de la Sierra Sur, Jaén]: Toda la parte del sur en lo general es a propósito para cereales y arbolado que resiste el frío, como son las encinas, alcornoques, quejigos, etc., y además consta de documentos antiguos que, todo el terreno que comprenden los términos del Castillo y Alcalá, fue un bosque de monte tan espeso que apenas se podía penetrar, llegando los árboles a la misma población. [...] No existe más carrascal que el que cubre la dehesa llamada del Camello, en el término de Alcalá.

ALCALA LA REAL [Alcalá la Real, municipio de la Sierra Sur, Jaén]: La bellota proporcionada a la extensión del terreno cubierto de monte varía mucho.

ALCAUCIN (ALCAUTIN) [Alcaucín, comarca de la Axarquía, Málaga]: La sierra proporciona a los habitantes, la leña que necesitan para su consumo y para el laboreo de carbón a que se dedican, así como a la agricultura y arriería, que exporta los cereales sobrantes y el carbón a los pueblos inmediatos.

ALCAUDETE [municipio de la comarca de la Sierra Sur, Jaén]: Además del arbolado de olivos y frutales referido, hay encinas que se criarían en la mayor parte del término si se guardasen los montes como se debía, lo mismo que los pinos, si se dedicaran a su plantación, pues se ven algunos reales de bastante altura y buenas cualidades.

ALCORNOCAL [El Alcornocal, localidad del municipio de Fuente Obejuna, Valle del Guadiato, Córdoba]: Producciones: trigo, cebada, avena, garbanzos y bellota.

ALHAMA [municipio de la comarca del mismo nombre, Granada]: En otro tiempo había montes muy poblados de encinas, cuyo producto constituía acaso la principal riqueza del país.

[MADOZ, Pascual (1845-50). Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de Ultramar. Imprenta de D. Pascual Madoz. Calle de Jesús y María, núm.28 & Est. Tipográfico-Literario Universal, Calle de la Madera baja, núm.4. Madrid.] 1845: Tomo I (ABA-ALI), Tomo II (ALI-ARZ); 1846: Tomo III (ARR-BAR), Tomo IV (BAR-BUZ), Tomo V (CAA-CAR); 1847: Tomo VI (CAS-COR), Tomo VII (COR-EZT), Tomo VIII (FAB-GUA), Tomo IX (GUA-JUZ), Tomo X (LAB-MAD); 1848: Tomo XI (MAD-MOS); 1849: Tomo XII (NAB-PEZ), Tomo XIII (PIA-SAZ), Tomo XIV (SEA-TOL), Tomo XV (TOL-VET); 1850: Tomo XVI (VIA-ZUZ). Consultas online: diccionariomadoz.com


22-26.6.1857 Lorenzo Grafulla

Matarranya (Teruel) / Tinença de Benifassà (Baix Maestrat, Castelló)

(Ballestar) las cimas y faldas están cubiertas de encinas, pinos, varios arbustos, plantas diversas y yerbas de pasto; en sus entrañas abundan minas de carbón de piedra, caparrosa y de vitriolo, boles y ocres de diferentes colores. [...] Los naturales se dedican a la extracción de maderas de los puertos. [...] [De Madoz, V. BELLESTAR.] [nº 131, de 15 de septiembre]

(Bel) produce pinos y carrascas, algo de cereales y patatas, ganado lanar y cabrío, perdices, conejos y muchos lobos; se industrian los habitantes al carboneo y extracción de maderas. [De Madoz, V. BEL.]. [nº 132, de 30 de septiembre]

[GRAFULLA, Lorenzo (1888): "Un paseo por los Puertos de Beceite", en "La Asociación: revista profesional y científica de medicina y cirugía, farmacia y veterinaria de la provincia de Teruel" (1883-1891), por entregas, desde el nº 123, de 15 de mayo de 1888, al nº 150, de 15 de junio de 1889.] bibliotecavirtual.aragon.es


1861 Dirección General de Agricultura, Industria y Comercio

España

CAPÍTULO III. MONTES. II. DE LA DESAMORTIZACIÓN DE LOS MONTES. Nueva situación creada al ramo de los montes por las leyes de Desamortización. Conveniencia y necesidad de que los montes no desaparezcan. Clasificación por especies propuestas por la Junta facultativa para el cumplimiento de la ley. [...]

El Real decreto de 26 de Octubre de 1855, dividió los montes públicos para los efectos de la ley de desamortización, en las tres siguientes clases:

Primera. Montes que deben conservarse sujetos a las Ordenanzas del ramo y que se exceptúan, por tanto, de la enajenación. Se compuso esta con los de abetos, pinabetes, pinsapos, pinos, enebros, sabinas, tejos, hayas, castaños, avellanos, abedules, alisos, acebos, robles, rebollos, quejigos y piornos.

Segunda. Montes de enajenación dudosa, respecto de los cuales se había de decidir por el examen especial de cada caso particular. Correspondían a esta los alcornocales, encinares, mestizales y coscojales.

Y tercera. Montes que se declaraban desde luego en estado de venta. Las fresnedas, olmedas, lentiscales, cornicabrales, tarayales, alamedas, saucedas, retamares, acebuchales, almezales, bojedas, jarales, tomillares, brezales, palmitares, y demás no comprendidos en las anteriores.

[Texto completo en la página 117]

[Dirección General de Agricultura, Industria y Comercio (1861): Memoria elevada al Excmo. Sr. Ministro de Fomento por la Dirección General de Agricultura, Industria y Comercio sobre el estado de los ramos dependientes de la misma en Octubre de 1861. Imprenta Nacional. Madrid.] books.google.es


1877 Galo de Benito

Madrid

UTILIDAD DE QUE LOS AGRICULTORES APROVECHEN LOS TERRENOS DE INFERIOR CALIDAD EN EL CULTIVO Y PRODUCCIÓN DE PLANTAS LEÑOSAS. Conferencia agrícola pronunciada en la Universidad central por el ingeniero agrónomo D. Galo de Benito y López el 22 de Abril de 1877. [...]

De las especies forestales ya hemos dicho que la mayoría pueden utilizarse para el objeto que nos proponemos, utilizando unas u otras según el caso en que nos encontremos, pues no necesitamos advertir que si los terrenos son secos y algo templados, deberán preferirse las encinas, enebros y varios arbustos; si disponen de alguna más frescura y fertilidad, de los robles, alcornoques y castaños; si se hallan elevados y constituidos principalmente por la sílice, de los pinos y hayas, y si se encuentran en riberas o sitios pantanosos, los avellanos, fresnos, chopos, alisos, abedules y sauces serán los más propósito (pàg.377)

[VVAA (1878). Conferencias agrícolas de la provincia de Madrid. Recopiladas e impresas en virtud de orden de 1º de Mayo de 1878 de la Dirección General de Instrucción Pública, Agricultura e Industria. Imprenta del Colegio Nacional de Sordo-mudos y Ciegos. Calle de San Mateo, 5. Madrid.] books.google.es


1886 Josep Cortils

Catalunya: Blanes (la Selva, Girona)

ENTRETENIMENTS INFANTILS. Lo següent serveix pera exercitar la memoria, competint en dirho molt depressa sense alterar l'ordre dels termes. - Va dir una filla a son pare: - Pare, donéume pá. - No te n'vull dá si no m'portas herba. - ¿Quina herba? - De prat. Digué al prat: - Dónam herba. - No te n'puch dá si no m'donas llet. - ¿De quína llet? - De vaca. Digué a la vaca: - Dónam llet. - No te n'puch dá sin o m'donas greix. - ¿De quin greix? - De porch. Digué al porch: - Dónam greix. - No te n'puch dá si no m'donas aglans. - ¿De quínas aglans? - D'alzina. Digué a l'alzina: - Dónam aglans. - No te n'puc dá si no m'donas aygua. - ¿De quina aygua? - Dels núbols. Digué a un núbol: - Dóna aygua. - No te n'puch dá si no m'donas vent. - ¿De quin vent? - Del mar. Llavors la mar li doná vent. Doná vent al núbol. Lo búbol li doná aygua. Doná aygua a l'alzina. L'alzina li doná aglans. Doná aglans al porch. L'porch li doná greix. Doná gerix a la vaca. La vaca li doná llet. Doná llet al prat. Lo prat li doná herba. A son pare l'herba portá, y son pare li doná pá. (Nota: té molta semblansa ab lo cuento "Lo poll y la pussa", publicat per lo Sr. Maspons en los "Cuentos populares catalanes", Vol.II de la Biblioteca popular del Folk-Lore Catalá. (p.122)

[CORTILS Y VIETA, Joseph (1886): Ethología de Blánes. Librería de D. Álvar Verdaguer. Rambla del Mitj, núm. 5. Barcelona.] books.google.es


1916 Cuadros de Costums

País Valencià: Castelló de la Plana

(Eleménts de la sèrie alcohólica. El Pollét.) Vivía separát de sa mullèr, y cuant contaba les causes poderoses que tenía per-a divorciarse, fée una série de pasadetes toreres "por todo lo alto y por todo lo bajo" que 's puga imaginar el lector. Tan cèrtes son estes afirmacions, que els transeunts més escrupulosos teníen que fugír del rògle o taparse els oíts en dos bellotes forráes en cotó en pèl y untáes en Trementina de Venécia; y els més humoristes se ríen hasta encanarse, d' escoltár tantes baconáes. [...] (p.189, pdf 2)

[RIBÉS Y SANGÜESA, Enrich (1916): Cuadros de Costúms Castellonénchs, en aditament de tipos de la tèrra (en serio y en broma). Obra premià per unanimitat en los Jochs Florals de lo Rat-Penat celebrats en Valencia el dia 31 de agost del any 1915. Imp. Hijos de J. Armengot. Castellón.] repositori.uji.es (2 pdf)


1921 Emiliano Benages

País Valencià: Bejís i Benafer (Alt Palància)

Vivía en Begís un carbonero llamado Miralles, hombre de recia complexión y pocas palabras, que con su hijo Pedro se pasaba todo el año en el bosque talando pinos, tronchando encinas y prendiendo fuego a sus hornos. [...] Sorprendía a los conejos en sus madrigueras, a las ardillas en los árboles y a las águilas en las peñas; unas veces se deslizaba por los peñascos ingentes, afrontando mil peligros, por el gusto pueril de coger el nido de barro de las golondrinas puesto en la arista, y otras se internaba en las cuevas, o se zambullía en los pozos del barranco para pescar truchas.

[BENAGES, Emiliano (1921): Vidas señeras: Miralles el bienhechor. pp.10-11. En el Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura (BSCC). Número IX. Enero de MCMXXI. Año II. Castellón.] castellonenca.com


1962 Destino

España

LOS CARBONEROS (Ana María Matute).- Hacia septiembre llegaban las familias de carboneros, por lo alto de la montaña. Casi nunca bajaban al pueblo, como no fuera alguna de sus mujeres, o sus niños, a comprar algo en la tienda. Vivían en el bosque, y eran gente de piel oscura y cabellos rizados, negros. No hablaban con nadie. Nosotros temíamos y admirábamos a los carboneros. Ellos decían que eran cazadores, porque el forestal los perseguía, ya que estaba prohibido lo que ellos hacían. Procuraban, pues, huir y alejarse, con su oficio como una lacra, y raramente podían atraparles.

- Mala plaga -decían los hombres del pueblo-. Destrozan como la guerra.

Parece ser que hacían grandes desastres en los bosques, fabricando el carbón que luego vendían a los campesinos de otros lugares. Todos tenían escopeta, y cuando el forestal o un guardia civil les sorprendía entre los árboles, como negros duendes, medio confundidos entre los robles, siempre había una buena excusa que dar para sus andanzas. Por lo general eran grandes tiradores. A menudo conseguían traer al Ayuntamiento una o dos alimañas con un tiro entre los ojos, y decir:

- Vamos matando lobos, zorros, ¿qué mejor cosa se puede hacer?

A los campesinos les emociona la muerte de un lobo, de una zorra o un gato montés. Se sienten dulces y generosos con quien les trae cuerpos ensangrentados de estos animales, y en esos momentos olvidan o fingen ignorar cualquier falta. Dan al cazador nueces, queso, vino, dinero, cualquier cosa que valga, y le dejan ir tranquilo.

Pero me acuerdo que una vez la guardia civil atrapó en plena faena delictiva a uno de estos hombres. Era un tipo casi negro, con seis hijos como él, y una mujer sin edad, medio oculta entre sus pañuelos. La guardia civil bajó montaña abajo, con las manos atadas a la espalda, a él y a sus dos hijos mayores, aunque casi eran unos niños. La mujer y los cuatro pequeños seguían detrás, en silencio, como animales que no abandonan a su dueño. Al entrar en el pueblo, los chiquillos de la aldea echaron a correr detrás, tirándoles piedras; las mujeres gritaban, y los hombres les veían pasar con mirada implacable. Iban hacia el Ayuntamiento. Como cuando aquel hombre, u otro como él, traía arrastrando por el barro el cuerpo sangrante de un lobo, atadas las patas traseras con un trozo de soga. También entonces las mujeres insultaban, los niños gritaban y tiraban piedras. Pero aquellos cuatro niños pequeños, y la mujer, levantaron de pronto la cabeza y vi sus ojos fieros y lejanos, duros. Eran los mismos ojos quietos, de cristal negro, de los zorros, de los gatos monteses, de los lobos y de todas las criaturas perseguidas, atrapadas, muertas.

[Destino. Núm.1308. Barcelona, 1 de Septiembre de 1962. p.30.] Arxiu de Revistes Catalanes Antigues: arca.bnc.cat (elegir palabras clave)


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Recopilación bibliográfica y transcripciones de Jacint Cerdà

En continua actualización.