Cacao, chocolate; cacau, xocolata

Theobroma cacao


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1628 Tassas

Reino de Castilla

Mercaderías de la India y de Portugal:

[...] Chocolate de Guajaca, a doze reales la libra; lo hecho en Sevilla con materiales de Indias, ocho reales. (hoja 9)

Torneros:

[...] Un molinillo para chocolate, un real. [hoja 27]

[TASSA DE LOS PRECIOS A QUE SE HAN DE VENDER LAS MERCADERÍAS Y OTRAS COSAS DE QUE NO SE HIZO MENCIÓN EN LA PRIMERA TASSA, Y REFORMACIÓN QUE AORA SE HA HECHO POR LOS SEÑORES DEL CONSEJO, EN ALGUNOS PRECIOS QUE SE PUSIERON EN ELLA. Con las declaraciones de algunas dudas que se han ofrecido sobre la observancia de la Premática que se publicó en treze de Setiembre de mil y seiscientos y veinte y siete años, con la primera Tassa. Madrid. 1628.] google.es/books


1722-1771 Ignacio de Egaña

Euskadi

ADUANAS. Avisa el citado Aguirre haver declarado, y resuelto Su Magestad a favor de esta Provincia, la franca, perpetua y absoluta libertad, e introducción del Cacao, Azúcar, Canela, Vainillas y Especería para los Naturales de esta Provincia, y que queda concluído este encargo. Y se dispone una Función de Iglesia en hacimiento de gracias.- 1727

ADUANAS. Real Cédula, habilitando todos los Puertos de España (menos el de San Lucar) para la introducción de Azúcar y Cacao, a excepción de los de Marañón [Perú], y sus dulces.- 1727

ADUANAS. Avisa el Consulado la novedad de haverse cobrado en la Aduanilla de Tolosa 53 reales y 31 maravedís, por derechos de una carga de Cacao; y se pide al Subdelegado de Rentas enmendar este exceso del Administrador de Tolosa.- 1737

ADUANAS. Se excusan los Arrendadores de Rentas a dejar de cobrar los derechos de extracción de Cacao a Navarra.- 1737

BASTIMENTOS. Responde el Señor Capitán General en términos que limitan la franqueza de la provincia y prohiben el sacar por Mar, Azúcar y Cacao; y se escribe de nuevo, pidiendo la observancia de los Fueros, y de la libertad.- 1722

BASTIMENTOS. Con motivo de un denuncio de Cacao de Marañón hecho por los Guardas del Subdelegado, se encarga al Agente pida en el Consejo, no deber ser comprehendidos en la prohibición general el Cacao de Marañón, Azúcar y dulces, ni los tegidos de Algódón y Lienzos pintados.- 1747

BASTIMENTOS. El Señor Marqués de la Ensenada manda se remita Copia de la Real Orden, en cuya virtud se admiten a Comercio el Cacao de Marañón, dulces de Portugal, Telas pintas y tegidos de Algodón. Se le remite Copia de la Capitulación del año de 1727.- 1748

BASTIMENTOS. Real Orden, comunicada por el Señor Corregidor, en que se prohiben el Azúcar y dulces de Portugal, Cacao de Marañón, tegidos de Algodón, Lienzos pintados, Sedas y tegidos de la China y otros Países de la Asia, señalando el tiempo de un año para gozar de los que se hallan introducidos.- 1748

BASTIMENTOS. Papel del Señor Diputado General, haciendo disertación de los sentimientos y pasos de la Diputación con motivo de la Real Orden prohibitiva del Azúcar, y dulces de Portugal, Cacao, tegidos y otros géneros, por la conducta desatenta del Subdelegado de Vitoria.- 1749

BASTIMENTOS. Representa el Consulado de San Sebastián los perjuicios, que ocasionará al Comercio la novedad de embargarse por el Señor Comandante General, los Navíos que no traigan repartida su carga conforme a la Cédula de nueve de Noviembre de 1597; y se le dice que ningún Juez puede embargar Navío alguno, que venga a los Puertos de la Provincia, no trayendo Cacao de Marañón, o Tabaco Rapé.- 1764

BASTIMENTOS. Habilítanse las partidas de Bastimentos consumidos el año de 1769, y se solicita Real Orden para extraer 300.000 pesos fuertes por el año de 1770; y para que pueda también extraerse el importe de Cacao, Azúcar y Aguardiente.- 1771

CACAO. Cédula de Su Magestad, sobe la forma de la introducción del Cacao, Chocolate y Vaynillas; declara por el Contrabando el que se introduce por los Puertos de Cantabria y Galicia, y se suplica de ella, por contraria a los Fueros.- 1697

CACAO. Exhibe el Señor Comandante una Orden de Su Magestad, para que se continúe por dos años en la cobranza del real, que se añadió a los derechos e imposiciones del Cacao y Chocolate.- 1697

CACAO. Exhibe Don Ventura de Landeta un Despacho en que se le comete el conocimiento de la culpa de extravíos de los que vienen de Indias, y de los géneros de Cacao, Chocolate y Vaynillas que se introducen por partes ilícitas y sin los Despachos de las Aduanas.- 1698

CACAO. Real Cédula, exhibida por Don Ventura de Landeta, en que se manda denunciar todo el Cacao, Chocolate, Vaynillas, Tabaco y otros géneros, que en los Puertos de esta Provincia se intodugeren sin registro. Suplícase de su cumplimiento. Protexta el Señor Corregidor, pidiendo Certificación de todo. Responde la Junta y se le da Certificación.- 1600

CACAO. Se pide la libertad de una porción de Cacao denunciado a una Muger Francesa; y se solicita del Rey Despacho para la libre introducción de este gérnero y los demás de Chocolate.- 1703

CACAO. Avisa el Agente haberse conformado Su Magestad con la Consulta del Consejo de Indias, denegando a la Provincia la libre introducción del Cacao y Chocolate; y se hacen nuevos recursos.- 1705

CACAO. Avisa el mismo Agente el permiso que Su Magestad ha concedido para introducir Cacao por qualesquiera Puertos del Reyno; y se le encarga remita copia.- 1705

CACAO. Avisa Don Juan de Olazabal el estado de sus Dependencias, y remite copia impresa del Despacho, que su Magestad ha expedido a los Jueces del Contrabando, para la libre introducción del Cacao por estos Puertos.- 1706

CACAO. A los Diputados y Agente en Corte, se les remite un Memorandum presentando por el Consulado, sobre la novedad de prohibirse el Cacao, Azúcar y otros géneros de Índias, que han comerciado las Naciones.- 1718

CACAO. Sábese el Vando que ha hecho publicar el Señor Capitán General sobre la prohibición de Cacao, Azúcar y géneros de Índias, y que ha despachado Pasaportes para extracción de dinero, los que, retenidos en Yrún, los ha enviado el Escribano de Sacas, y sobre estos puntos, se escribe a los Diputados.- 1718

CACAO. Comunica el Señor Capitán General una Orden que ha tenido para cobrar derechos de Cacao y Azúcar en San Sebastián, y se le responde ser opuesta esta Orden a la libertad de la Provincia, pidiendo suspenda la execución hasta representar lo necesario.- 1722

CACAO. Don Miguel de Aramburu remite copia de un Memorial que ha dado al Rey, con motivo de los derechos de Cacao y Azúcar, que se mandaban cobrar.- 1722

CACAO. Avisa Don Miguel de Aramburu habérsele asegurado Resolución favorable de Su Magestad, sobre los derechos de Cacao y Azúcar.- 1722

CACAO. Sábese la Orden que ha remitido el Señor Capitán General, de que los derechos de Azúcar y Cacao no se cobren en San Sebastián, sino en Vitoria; y se informa a Don Miguel de Aramburu.- 1722

CACAO. Carta de D. Felipe de Aguirre, en que avisa haber resuelto Su Magestad, la franca, perpetua, y absoluta libertad, e introducción del Cacao, Azúcar, Canela, Vaynilla, y Especería, para los Naturales de la Provincia, y que queda concluida esta dependencia; y se dispone una Función de Iglesia en hacimiento de gracias, remitiéndose copias de las Cartas a las Repúblicas, encargándolas celebrar función de gracias y posibles demostraciones de alegría.- 1727

CACAO. Encárgase al mismo Don Felipe, solicite la libertad de comerciar Azúcar y Cacao a Navarra.- 1727

CACAO. Avisa Don Felipe la permisión del Rey para que se comercie Cacao a Navarra y Castilla.- 1727

CACAO. Remite Don Felipe Copia del Real Decreto, en que Su Magestad permite la introducción de Azúcar y Cacao por todos los Puertos.- 1727

CACAO. Real Cédula sobre la libertad de comercio de Azúcar y Cacao.- 1727

CACAO. Carta de D. Felipe de Aguirre, con un Informante de Cádiz, sobre el comercio del Cacao de Caracas; en que se resuelve, no puede la Provincia emprenderle con la precisión de que los Navíos salgan de Cádiz y vuelvan a él; y se remite Copia al Consulado, para que avise lo que se ofrezca.- 1728

CACAO. Otra del mismo, en que avisa, ha concedido Su Magestad el uso del comercio del Cacao a la Provincia en los términos del Papel antecedente; y se comunica Copia al Consulado.

CACAO. Pide la Ciudad de San Sebastián declare la Diputación un reparo, que se ofrece a sus Alcaldes, en razón de la extracción de Cacao por Mar; y se la dice la noticia dada por el Subdelegado de Vitoria de la Resolución de Su Magestad, que permite el libre Comercio de estos géneros.- 1729

CACAO. Insinúa la Ciudad de San Sebastián algunos reparos de sus Alcaldes, para la extracción del Cacao y Azúcar por Mar. Dictamen de los Licenciados Barrena y Goenaga, y conforme a él se les previene dejen correr este Comercio.- 1729

CACAO. La Ciudad de San Sebastian remite Copia de dos Acuerdos suyos, sobre los nuevos reparos de sus Alcaldes, para la extracción de Azúcar y Cacao, y pide se diga si los Alcaldes pueden dar licencia para esta extracción, y se consulta a los Licenciados Barrena y Goenaga.- 1729

CACAO. Parecer a estos Abogados, y conforme a él se ordena a los Alcaldes de San Sebastián den francamente licencias para la extracción de Cacao y Azúcar, y porque en otra parte que no se ofrezcan reparos, se comunica a las Repúblicas la Real Cédula de cinco de Febrero de 1728.- 1729

CACAO. Declaración del Reglamento que se dispuso en la Junta particular de Azpeytia, sobre la venta del Cacao de la Compañía de Caracas en San Sebastián, que se comunica a la Real Compañía para que se arregle a él en la venta.- 1731

CACAO. Se da comisión para conferir con los Directores de la Compañía de Caracas el modo equitativo de abastecer de Cacao los Naturales de la Provincia.- 1732

CACAO. Ofrece la Real Compañía de Caracas hacer que venga a San Sebastián la mitad del Cacao que condugeren sus Navíos a Cádiz.- 1733

CACAO. Carta del Señor Don Joseph Patiño, exponiendo no ser necesario nueva Orden para que se permita transportar a esta Provincia la mitad del Cacao que condugeren los Navios de la Real Compañía.- 1733

CACAO. Carta de la Compañía de Caracas en que ofrece traer a San Sebastián la mitad del Cacao de sus Navíos; y Carta de Don Santiago de Yrisarti, poniendo varios reparos a esta pretensión; a la que se satisface.- 1733

CACAO. Escríbese a los Directores de la Compañía, con queja, de que hayan enviado sin Cacao a varios Arrieros, que en virtud de la Circular de la Provincia han acudodo a San Sebastián, contra lo que se tenía acordado en la Junta de Interesados; y responden los Directores.- 1733

CACAO. Respuestas de la Diputación a los dos de los Directores, sobre los puntos del repartimiento y venta del Cacao con igualdad; y Carta circular a las Repúblicas sobre el asunto.- 1733

CACAO. Respuestas de los Directores, sincerando su conducta y enviando Lista del repartimiento de Cacao hecho a las Villas de Azcoytia y Tolosa.- 1733

CACAO. Hácese fogueralmente el repartimiento de Cacao, y se responde a los Directores, dirigiéndoles este reparto.- 1733

CACAO. Debuelve la Villa de Tolosa el Papel de repartimiento del Cacao, y se distribuye a otras Repúblicas.- 1733

CACAO. Por quejas que ha habido, se manda al Alcalde de Ydiazabal repartir el Cacao en Ayuntamiento general.- 1733

CACAO. Quejas de otras Repúblicas sobre lo mismo.- 1733

CACAO. Embían los Directores Lista del Cacao repartido a las Repúblicas, y solicitan disponga la Diputación de los que queda en los Almacenes; y se les responde lo repartan según mejor les pareciere.- 1733

CACAO. Real Provisión, remitida al Señor Corregidor, prohibiendo la introducción de Azúcar, Cacao y Dulces de Marañón, y Tegidos de la China y el Asia; y se suplica de ella a Su Magestad, como contraria a las libertades de esta Provincia.- 1734

CACAO. Presenta el Señor Corregidor una Real Provisión, en que Su Magestad permite el consumo de Azúcar, Cacao, Dulces de Marañón, por seis meses, y se suplica de ella a Su Magestad, como de la antecedente.- 1734

CACAO. El Comisario de Marina pide expida orden al Alcalde de Sacas para que no permita introducir Cacao de Marañón, y se le responde que es de libre introducción en esta Provincia.- 1734

CACAO. Avisa el Consulado la novedad de haberse cobrado en la Aduana de Tolosa 53 reales y 31 maravedís, por derechos de una carga de Cacao. Pídese al Gobernador de las Aduanas castigue este exceso del Administrador de Tolosa.- 1737

CACAO. Informa el Gobernador la Orden que ha tenido para cobrar derechos del Cacao, que se llebe a Nabarra; y se escribe en su razón a los Arrendadores de Rentas Generales.- 1737

CACAO. Responden los Arrendadores, escusándose a dejar de cobrar los derechos del Cacao que se condugere a Navarra.- 1737

CACAO. Se pide a los Administradores de la Aduanillas informe de la práctica en la cobranza de los derechos del Cacao, antes y después del año de 1727.- 1737

CACAO. Con motivo de un denuncio de Cacao de Marañón hecho por las Guardas del Subdelegado, se encarga al Agente que pida en el Consejo, no debe ser comprendidos en la prohibición general el Cacao, y Dulces de Maráñón, Azúcar, Tegidos de Algodón y Lienzos pintados.- 1747

CACAO. El Señor Marqués de la Ensenada manda, se le remita Copia de la Orden, en cuya virtud se admiten a Comercio el Cacao de Marañón, y Dulces de Portugal, Telas pintas y Tegidos de Algodón, y se le remite Copia de la Capitulación del año de 1727.- 1748

CACAO. Real Orden, comunicada por el Señor Corregidor, en que se prohíbe el uso de Azúcar, Dulces de Portugal, Cacao de Marañón, Tegidos de Algodón, Lienzos pintados, Sedas y Tegidos de la China y otros Países de la Asia, y señala el tiempo de un año para gozar de los que se hallan introducidos.- 1748

CACAO. Papel del Señor Diputado General Izquierdo, haciendo disertación de los pasos de la Diputación, con motivo de la Real Orden prohibitiva del Azúcar, y la conducta desatenta del Subdelegado de Vitoria, y sigue un Memorial del Consulado.- 1749

CACAO. Decreta la Junta representar eficazmente a Su Magestad en el asunto, y que, en caso necesario, se embíen Diputados a la Corte.- 1749

CACAO. Copia del Decreto de la Junta de la Compañía de Caracas, prescribiendo el modo equitativo de vender una porción de Cacao, y destinando el sobrante que resulte, para levantar un Muelle en el Puerto de Pasage.- 1750

CACAO. Ofrécese recomendar la pretensión del Consulado, de que todo género de Cacao se pueda pasar a Navarra y Aragón, igualmente que el de Caracas, pagando los derechos correspondientes.- 1768

CACAO. El Consulado de San Sebastián embía Copia de una Real Orden, que se le ha comunicado por el Comisario de Marina, prohibiendo (entre otros géneros) la introducción del Cacao de Cayáne; y conforme a la súplica del Consulado, se encarga al Diputado en Corte, solicitar la habilitación a comercio de todo género de Cacao, que no sea de Marañón. Véase también Compañía de Caracas; Comercio.- 1770

COMPAÑÍA DE CARACAS. Nueva Carta del Poder-habiente en este asunto, y Carta circular a las Repúblicas, para que zelen no lleven sus Moradores mayor cantidad de Cacao que la que pueden consumir en sus Casas.- 1733

COMPAÑÍA DE CARACAS. Carta escrita a los Directores de la Compañía, quejándose la Diputación de que hayan enviado sin Cacao a varios Arrieros, que en virtud de la circular de la Provincia, han acudido a San Sebastián, contra lo que se tenía por punto acordado en la Junta de Interesados; y respuesta de los Directores.- 1733

COMPAÑÍA DE CARACAS. Respode la Diputación a los Directores sobre los puntos del repartimiento y venta del Cacao con igualdad, y se circula Carta a las Repúblicas sobre este asunto.- 1733

COMPAÑÍA DE CARACAS. Respuesta de los Directores, sincerando su conducta, y enviando lista del repartimiento de Cacao hecho a las Villas de Tolosa y Azcoytia.- 1733

COMPAÑÍA DE CARACAS. Hácese fogueralmente el repartimiento del Cacao, y se responde a los Directores, digrigiéndoles este reparto.- 1733

COMPAÑÍA DE CARACAS. Convoca Junta General de Interesados para establecer la forma y precio en que se ha de vender el Cacao del Navío Santa Úrsula, y se otorga Poder por la Diputación.- 1733

COMPAÑÍA DE CARACAS. A instancia de la Ciudad de Sevilla, se escribe a los Directores de la Compañía hagan saber a los interesados el deseo de aquella Ciudad, de que se ponga en ella Almacén de Cacao.- 1737

COMPAÑÍA DE CARACAS. Copia del Decreto de la Junta de la Compañía, prescribiendo el modo equitativo de vender una porción de Cacao, y destinando el sobrante que resulte, para levantar un Muelle en el Puerto de los Pasages.- 1750

CONTRABANDO. Avisa el Consulado, que el Juez de Contrabando ha mandado depositar una Cargazón de Cacao, y pide se haga Representación a Su Magestad a favor de las libertades del Comercio; y se le responde, que el Agente se pondrá para ello de acuerdo con el del Consulado.- 1762

CONTRABANDO. Participa el Consulado haber levantada el Juez de Contrabando el depósito de la Cargazón de Cacao.- 1762

DENUNCIOS DE GÉNEROS. Carta del Señor Comandante de Bayona, solicitando se restituyan a un Vecino de Endaya unas Sidras denunciadas por la Justicia de Fuenterrabía, y a otro de la misma Villa, un quintal de Cacao, por el Alcalde de Sacas; y se manda bolver el Cacao, y se suplica al Señor Corregidor, despache con brevedad la Causa de las Sidras.- 1735

FLOTA. Propone la Ciudad de San Sebastián, por medio de un Diputado, el reparo de unos derechos que se han manddado cobrar en el Chocolate, Cacao y Azúcar, que ha vendido en la Flota, y se la dice lo que conviene concurrir a que no sea menos útil al REY su venida a este País, que a otro.- 1708

GÉNEROS PROHIVIDOS. El Consulado de San Sebastián embía copias de dos Reales Órdenes, que se le han comunicado por el Comisario de Marina, prohiviendo la introducción de Cacao de Cayene, Tegidos de Algodón, Cotonías, Cotonetas, Cotonadas, y demás [telas] de esta clase; y conforme a la súplica del Consulado, se previene al Diputado en Corte, solicitar la habilitación a comercio de todo género de Cacao, que no sea de Marañón.- 1770 en

GUARDAS. Avisa D. Felipe de Aguirre, haber convenido Su Magestad en permitir el libre uso del Cacao, Vainillas, Azúcar y Canela, y Especiería a los Naturales de la Provincia.- 1727

LIBERTADES. Real Provisión del Consejo, remitida al Señor Corregidor, prohibiendo la introducción de Azúcar, Cacao y dulces de Marañón, Sedas y Tegidos de la China, y de la Asia, como también el Algodón, y Lienzos pintados, ya sean fabricados en Asia, o ya imitados y contrahechos en Europa; y se suplica de ella, como contraria a las Libertades de la Provincia.- 1734

LIBERTADES. Carta del Comisario de Marina, solicitando se expida orden al Alcalde de Sacas, para que no permita introducir Cacao de Marañón; y se le responde, que son de libre introducción en esta Provincia el Tabaco y los demás géneros.- 1735

REGLAMENTO DE LA COMPAÑÍA DE CARACAS. Habiendo resuelto Su Magestad, por Decretos de 20 de Septiembre, y primero de Octubre de 1720, entre otras providencias, la de moderar la contribución de los derechos Reales en el Cacao, que por mano de Españoles viniese a España, y relevar a los Navíos de Registro, que fuesen por este género, de la paga del derecho de Toneladas, con otras equidades, que pareció podrían conducir el alivio de los Comerciantes, y a estimularlos para ir con Registros a las Provincias de Caracas, y demás donde se coge este fruto. [...] [Texto completo en la sección de curiosidades]

[EGAÑA, Ignacio de (1780): El guipuzcoano instruído en las reales cédulas, despachos y órdenes, que ha venerado su madre la Provincia (...) desde el año de 1696 hasta el presente de 1780 (...) por D. Domingo Ignacio de Egaña, oficial, que fue, del Archivo del Real y Supremo Consejo de Castilla, y de la contaduría General de las Órdenes Militares, actual Secretario de Juntas y Diputaciones de la misma Provincia, para uso y servicio de sus esclarecidos Pueblos y Nobleza. San Sebastián: Imprenta de D. Lorenzo Riesgo Montero de Espinosa, Impresor de la M. N. y M. L. -muy noble y muy leal- provincia de Guipúzcoa.] liburutegibiltegi.bizkaia.eus - liburutegibiltegi.bizkaia.eus - books.google.es


1734 Varios autores

Ciudad de Valencia

Noticias tomadas de las Historias de los Prioratos de los PP. Fr. Jaime Meseguer y Fr. Francisco Vidal (1734-1738).

Gastos anejos a la provisión de cátedras. p.423: [...] El (gasto) más crecido es el que el provisto hace de chocolate, a los votos que en su favor han sufragado, que a los que le han dado en contra, no regala. El P. L.or Marases envió regalo de chocolate a todos los que asistieron, porque todos votaron a favor suyo. Lo que envió a cada uno de los que asistieron a la votada, fueron 50 bollos de tres onzas en canastillos de vímenes. [...]

[Manuscritos varios de Valencia. Tomo 3. Mss/587.] bivaldi.gva.es


1764 Ros

País Valencià

Jocolàt, chocolate.

[ROS, Carlos (1764): Diccionario Valenciano-Castellano, escrito por Carlos Ros, Notario y Escrivano público, por Autoridades Apostólica, y Real, natural de esta muy Noble Insigne, Lealíssima, y Coronada Ciudad de Valencia. En Valencia. En la Imprenta de Benito Monfort, junto al Hospital de los Estudiantes. Año 1764.] books.google.es


1817 Agronomía o Diccionario Manual del Labrador

General

CHOCOLATE. Pasta seca, dura, pesada y de color pardo encarnadino, con un gusto agradable; la basa del chocolate es el cacao, que es la grana de una especie de pepinos que producen ciertos arbolillos en la indias occidentales. Las pepitas de que es formada esta grana se mondan al fuego; después se tuestan a un fuego moderado, y últimamente se maja en un mortero y hace una pasta que se cuece con azúcar; este es el chocolate provechoso o saludable. Si se le quiere dar algún olor, cuando el cacao y azúcar están en pasta, se le añade diez y ocho cáscaras de vainilla en polvo a cada cuatro libras de pasta, una dracma de canela y ocho clavos; también hay quien echa un grano de almizcle, aunque esto no es del gusto de muchos; mézclase todo prontamente, para que no se evapore lo volátil, y se hacen las patillas.

Modo de hacer el chocolate. Pónese al fuego una chocolatera con media azumbre de agua común, y cuando está hierviendo, se echan en ella cuatro onzas de chocolate rallado, otro tanto de azúcar en polvo; cúbrese dejándolo hervir suavemente como un cuarto de hora, batiendo allí el licor con un molinillo, apártase algo de la lumbre la chocolatera, vuélvese a batir para hacer espuma, y se echa en las jícaras. El chocolate es bueno para los estómagos fríos, para el pecho, tos y vértigo; es confortante y nutritivo, y conviene a los héticos [tísicos].

[AGRONOMÍA O DICCIONARIO MANUAL DEL LABRADOR. Contiene todos los conocimientos necesarios para gobernar las haciendas de campo, harcerlas producir y conservar la salud, con otras muchas instrucciones útiles y curiosas. Traducida del francés por D. P. C. DE L. En la Imprenta de la parte. Madrid.] 1817: Tomo I (A-B), Tomo II (C-F) [faltan tomos]


1823 Bory de Saint-Vincent

Andalucía: Sevilla

26. PROVINCE DE SÉVILLE. [...] Un aqueduc, appelé Caños de Carmona, fournit d'abondantes et excellentes eaux dans toutes les maisons; celles-ci offrent un genre de cours appelé 'Patio', qu'on ne retrouve guère qu'à Xérès, Cadiz, Malaga, Grenade, Cordoue, et dans quelques bourgades riches du reste des Andalousies. Ces Patio, placés au cente de l'habitation, séparés de la rue par une sorte de vestibule, entourés de colonnes derrière lesquelles règnent des appartemens d'été, pavés en marbre avec un jet d'eau et un bassin rempli de poissons rouges au centre, dominés par une galerie autour de laquelle règnent les appartemens du premier étage, quelquefois plantés d'orangers dans les angles, sont garantis de srayons du soleil par une toile appelée 'vela', qu'on arrose durant le jour: ce qui entretient une fraîcheur d'autant plus sensible, qu'il fait plus chaud dans les rues. On reçoit dans le Patio, on y prend le thé et surtout le chocolat: ceux-là qui onte eu le bonheur d'être admis dans l'intérieur des bones maisons de Séville, peuvent seuls se faire une idée du charme des soirées qu'on passe dans le Patio avec ces excellents et sptirituels Andalous, avec ces Andalouses, aussi enjouées que jolies, qui la plupart princent de la guitare et chantent à ravir, ou se font remarquer par les saillies de leur brillante et rapide conversation. (p.528)

[BORY DE SAINT-VINCENT, Jean-Baptiste (1823): Guide du Voyageur en Espagne, par M. Bory de Saint-Vincent, correspondant de l'académie de sciences, l'un des officiers supérieurs anciennement attachés au dépôt de la guerre, et aide-de-camp de son excellence le duc de Dalmatie, durant la dernière guerre d'Espagne (1808 a 1813). Louis Janet, librairie, rue Saint-Jaques, n.º 5. Paris. 1823.] books.google.es


1845-1850 Madoz

País Valencià

ALICANTE [Alacant, ciudad]: [En una tabla] Géneros coloniales: azúcar blanco, azúcar terciada, cacao caracas, cacao guayaquil, café, canela, efectos varios.

País Vasco/Euskadi

ALAVA [provincia de Álava/Araba]: En el señorío de Vizcaya han de ser de libre introducción y comercio, para el uso de los naturales, el tabaco y los demás géneros que hasta aquí se han introducido y usado, sin excepción del cacao, azúcar, chocolate, vaynillas, canela y especias.

La Rioja

AGUILAR DEL RIO ALHAMA [Aguilar del Río Alhama, comarca de Cervera]: Industria, un molino de chocolate, otro harinero y un trujal.

Castilla y León

AGREDA [Ágreda, comarca del Moncayo, Soria]: En el día está reducida la industria a varias fábricas de paños comunes, otra de sombreros, algunos telares de lienzos de cáñamo y lino, 4 alfarerías, 1 botillería, 3 confiteros, 4 cereros, 4 cerrajeros, 20 zapaterías, 2 tenerías, 2 boteros, 6 chocolateros, 17 tiendas de abacería, paños y telas.

ALAEJOS [municipio de la comarca Tierra de Medina, Valladolid]: (Hay) una tahona y dos molinos de chocolate, el uno abastece a Ciudad-Rodrigo, Arévalo, Valladolid y otros puntos de las inmediaciones. Comercio. Tres almacenes bien provistos de azúcares, cacao, hierro, bacalao y otros géneros.

Castilla-La Mancha

ALBACETE [provincia de Albacete]: Favorecido el movimiento comercial la carretera que cruza la provincia de Madrid a Valencia, y los otros caminos de que queda hecho mérito, es bastante activo el comercio de importación y exportación. El primero tiene por objeto el bacalao y toda clase de géneros llamados ultramarinos, azúcares, cacaos, canela, etc.

ALBACETE [Albacete, cabeza de partido judicial, audiencia territorial y capital de provincia]: Pescado, azúcares y cacaos (se importan) de Alicante y Cartagena.

Murcia

AGUILAS [Águilas, municipio de la comarca del Alto Guadalentín]: En un tabla encontramos información sobre importanción en buques: Cacao, 17,160 libras en 1844.

Andalucía

ADRA [comarca del Poniente Almeriense, Almería]: En un tabla leemos información sobre importanción en buques: Cacao, 542 arrobas en 1843.

ALAJAR [municipio de la comarca Sierra de Huelva, Huelva]: (Producción) también se extrae chocolate y frutas; y muchos de sus robustos habitantes, que se hacen notar por su bella disposición física, se dedican al tráfico de ganados, azúcar, cacao y otros géneros, y a la arriería; hay dos molinos de aceite, ocho harineros, dos fábricas de chocolate, una de cera y varios telares de lienzos.

[MADOZ, Pascual (1845-50). Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de Ultramar. Imprenta de D. Pascual Madoz. Calle de Jesús y María, núm.28 & Est. Tipográfico-Literario Universal, Calle de la Madera baja, núm.4. Madrid.] 1845: Tomo I (ABA-ALI), Tomo II (ALI-ARZ); 1846: Tomo III (ARR-BAR), Tomo IV (BAR-BUZ), Tomo V (CAA-CAR); 1847: Tomo VI (CAS-COR), Tomo VII (COR-EZT), Tomo VIII (FAB-GUA), Tomo IX (GUA-JUZ), Tomo X (LAB-MAD); 1848: Tomo XI (MAD-MOS); 1849: Tomo XII (NAB-PEZ), Tomo XIII (PIA-SAZ), Tomo XIV (SEA-TOL), Tomo XV (TOL-VET); 1850: Tomo XVI (VIA-ZUZ). Consultas online: diccionariomadoz.com


22-26.6.1857 Lorenzo Grafulla

Matarranya (Teruel) / Tinença de Benifassà (Baix Maestrat, Castelló)

(La Pobla)Llegamos, pues, a la casa del profesor de Cirugía y se nos sirvió a seguida un chocolate bastante bueno, sin embargo de la falta de comunicaciones que debe tener aquella población con los establecimientos industriales. [...] [nº 130, de 30 de agosto]

[GRAFULLA, Lorenzo (1888): "Un paseo por los Puertos de Beceite", en "La Asociación: revista profesional y científica de medicina y cirugía, farmacia y veterinaria de la provincia de Teruel" (1883-1891), por entregas, desde el nº 123, de 15 de mayo de 1888, al nº 150, de 15 de junio de 1889.] bibliotecavirtual.aragon.es


1886 Josep Cortils

Catalunya: Blanes (la Selva, Girona)

ENTRETENIMENTS INFANTILS. Al plá de palacio hi ha una senyora que pren xacolata [sic], se fica'ls melindros dintre la butxaca. (p.123)

[CORTILS Y VIETA, Joseph (1886): Ethología de Blánes. Librería de D. Álvar Verdaguer. Rambla del Mitj, núm. 5. Barcelona.] books.google.es


1916 Cuadros de Costums

País Valencià: Castelló de la Plana

(La festa de Sant Jaume. Restos històrichs y Costúms típiques) Tots els anys nomenen Clavari per-a la festa y ténen també Procuradór de la partida, que guarda com un tesór els documents. Els Jurats conserven la Costúm de pendre 'l jocolate [sic] en les antigues marcelines [plats on s'encaixava la tassa de xocolata] de la fábrica d' Alcora. [...] (p.78, pdf 1)

(Les Polichinèles y el present de Sant Llúc.) El éxit no era degút a átra còsa que als estòmecs agraíts, per els obsequis de chocolate, pollastres, colóms, pátos, pávos, turróns, pastiços de glòria, benitetes [sic, benidetes], madalenetes, tortáes, y hasta algún cuarteró d' òli, que 'ls nostres pares enviaben a les nostres dides intelectuáls mercenaries en pantalóns de boca de campana, báta de llaneta d' entre-temps a cuadros ròjos y vèrts, y casquét en borla de colór d' albargina. En l' actualitát encara subsistís, en Castelló de la Plana, esta Costúm de portár el present als mestres el día de Sant Llúch. [...] (p.114, pdf 1)

(Endosos a la vista, o divòrcis frustráts.) Después de pendre jocolate, se torcaba les morrandes en la multiquilomètrica faixa blava. [...] (p.159, pdf 1)

[RIBÉS Y SANGÜESA, Enrich (1916): Cuadros de Costúms Castellonénchs, en aditament de tipos de la tèrra (en serio y en broma). Obra premià per unanimitat en los Jochs Florals de lo Rat-Penat celebrats en Valencia el dia 31 de agost del any 1915. Imp. Hijos de J. Armengot. Castellón.] repositori.uji.es (2 pdf)


1920 F. Cantó

País Valencià: Castelló de la Plana

El abuelo 'Múrio' de la plaza de las Nieves, hoy Pintor Carbó, hacía su agosto pues era muy generalizada la costumbre de ofrecer bollos de chocolate en cuarterones de arroba a los maestros y médicos.

[CANTÓ, F. (1920): Recuerdos de un anciano: Las Navidades en 186.... pp.253-255. En el Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura (BSCC). Número VIII. Diciembre de MCMXX. Castellón.] castellonenca.com


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Recopilación bibliográfica y transcripciones de Jacint Cerdà

En continua actualización.