Ganso, ánser; oca

Anser anser domesticus


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1174-1176 Fuero de Alfambra

Aragón

2. Del termino de los ffrayles. Toda la heredat de la villa de Alfambra toda aya un coto tanbien de los frayles como de los vezinos, zo es a saber: qui fara tala dentro en cequia por ovellas, de nox, II carneros, et de dia, I carnero; por tala de bueyes, de nox, VI dineros por cada buey, de dia, IIII dineros; por bestia cavallar otro tal, si sera presa en mies o en defessa; porco et ansara, IIII dineros. De marzo adelant ovellas que faran tala en mies peche por X ovellas, Iª fanega; de sant Migael adelant entro a marzo por XXXª ovejas, Iª fanega. Los bueyes et las bestias de marzo adelant entro a sant Migael media fanega de dia et de nox, Iª fanega; de sant Migael adelant, IIII dineros por cada bestia. E desta tala seya creydo el meseguero por la jura que fizo a concello.

[ALBAREDA Y HERRERA, Manuel et al (1926): Fuero de Alfambra (1174-1176). Tip. de la "Rev. de Archivos, Bibliotecas y Museos", Olózaga, 1. Madrid.] derechoaragones.es ([YUSTE, CABEDO, Marina (2015): Aproximación al léxico de los Fueros de Alfambra (1174-1176). Trabajo de Fin de Grado. facultad de Filosofía y Letras. Repositorio de la Universidad de de Zaragoza.] core.ac.uk)


1177 Fuero de Teruel

Aragón

329. De calonia de bestia que entrare en la defessa. A certas, la defesa del concejo d'esta villa todo tienpo será defesa de todo bestiar e de toda bestia fueras de cavallo e de asno e de mula. Que si alguno en deffesa del concejo de Teruel yegua metrá, peche por ella XII dineros, e por buey o por vaca peche VI dineros, e por asna VI dineros, e por puerco VI dineros, e por carnero o por oveja o por cabrón o por cabra por cada una III dineros, e por ánsara I dinero, si provado fuere segunt del fuero; si non, jure solo el sospechoso e sea credido.

400. De curia de miesses. Decabo mando que, si el sennor de la mies su mies trobará dannada, el messeguero todo el danno reffaga, si non dará el dannador manifiesto. Si el messeguero cavallo o mula o buey o asno o puerco de día trobará en la mies, por qual quiere d'éstos media fanega de prenga de aquella simient que en tierra fuere senbrada. Por X cabras o por ovejas e por cada una ánsara, si de día la trobará en la mies, otrosí media fanega reciba, como es dicho. [...]

653. De aves de casa. Otrosí, si alguno ánsara o ánade agena matare e provado'l fuere, peche XII dineros; si non, jure solo el adversario e sea credido.

655. Del que aves de casa o bestia matare. Decabo, qual quiere que otras aves de casa o bestia matare e provado'l fuere, peche la por la jura de su sennor; si non, jure solo. Si por aventura dixiere que açient non la mató, peche la meytat del coto aquí puesto et el sennor retenga la pora sí, segunt del fuero. E si por aventura el matador manifiesto fuere en el judicio (e al querelloso quisiere plazar o detrayer), al querelloso peche el coto dupplado que es puesto en esti libro.

656. Del que aves linençiare. Decabo, si alguno pago o ánsara o ánade o gallina o otra cosa de casa linençiare e provado'l fuere, peche la por la jura de su sennor e lieve se la aquélla el feridor; si non, jure solo.

657. Del que aves furtare. Otrosí, si alguno de las aves avant dichas furtare e provado'l fuere, peche las assí como ladrón; si non, salve se assí como de furto.

[GOROSCH, Max (2007): Tiempo de Derecho foral en el sur aragonés: los fueros de Teruel y Albarracín. Tomo II. Zaragoza. Amb el facsímil: El Fuero de Teruel, de Max Gorosch. Stockholm, 1950.] derechoaragones.es


1257 Fuero de Requena

País Valencià

Titullo III, 1. De los mesegeros et de las mieses et del su coto. Si el mesegero o el sennor de la mies fallare danno en la mies, el mesegero lo rrefaga, si non diere el dannador manifiesto, et si el meseguero fallare en la mies de dia cavallo o puerco o mula o asno, tome por cada uno un almud de aquella simiente, que la tierra fuere senbrada, et por doze cabras o ovejas un almud, et por cada ansar tome un almud de dia, et por de noche tome dos almudes si fuere provado, sinon, jure el sospechoso con un vezino et sea creido, pero desde la entrada de mayo fasta que las mieses sean cogidas, entrel coto et el apreçiamiento, tome el sennor lo que mas quisiere, et si el sennor del ganado con el sennor de la mies non quisiere yr a apreçiar el danno, peche quanto el sennor de la mies jurire, si depues fuere vençido con testigos, ca el sennor de la mies a de provar por el danno et coger el pecho, et do pecho non cogiere o non oviere el dannador manifiesto, aquel danno alo de rrefazer el meseguero.

Titullo VII, 8. De la defesa del concejo de la çibdad. La defesa del concejo de la çibdad todo tienpo sea defendida de todo ganado et bestia, sacado cavallo et mula et asno, et por el danno de la yegua, peche su sennor medio mencal, una ochava, et por el buey, una quarta, et por qunquentas ovejas, çinco sueldos, et por çinco ansares, una ochava, et quien en la defensa segare yerva, peche çinco sueldos, et todo danno que fuere fecho de noche aya la calonna doblada, pero por el ganado que en pasando por el camino, paçiendo en la dehessa, non peche ningunna calonna, et sea defendido que en termino de Cuenca non aya ningunno defesa de conejos nin de vedados nin de pasto.

Libro 4, Titullo III, 4. Del que matare gato ageno. Qual quier que gato ageno matare, peche doze dineros, si fuere provados con testigos, et quien gallina agena matare, peche ocho dineros, et quien ansar matare, medio mencal, et por el anade, quinze dineros, et por el pavon, un maravedi, et por otra auc domestica o bestia, que la peche por jura de su sennor, et si el matador dixere que lo non mato a sabiendas, jurelo et peche lit meytad del coto, et tomela el sennor para si, et si manifiesto fuere en juyzio, peliche el coto doblado, commo dicho es suso.

Libro 4, Titullo III, 5. Del que lisiare ave domestica. Si alguna gallina o ansar o otra ave domestica lisiare, pechela por jura de su sennor, et tomela el matador para si, et si alguno gallina o ave domestica furtare et le fuere provado, pechela commo ladron, et si lo negare et non çe lo puidiere provar, salvese commo de furto.

[DOMINGO IRANZO, Eugenio (2008): El fuero de Requena (14 de agosto de 1257, por Alfonso X de Castilla). Ed. Ayuntamiento de Requena, Archivo Municipal de Requena y Centro de Estudios Requenenses. Colección Fuentes documentales de Requena y su Tierra, 2. Requena, Valencia.] requena.es


1580 Onofre Pou

Catalunya

Dels ocells:

Lloc de tenir ocells.

Lloc de tenir ocells qui naden.

Lloc de tenir oques, y ànecs tancats.

Lloc de tenir animals per engrexar.

Engrexar los animals.

Lo menjar per engrexar.

Gabia.

Ocell.

Ocells dels dits partits.

Ocells qui tenen pata com la oca. [...]

[...] Oca. Hic, anser, anseris. [...] (fulles 31-33)

Les parts dels ocells, y ous:

[...]

Lo cantar del Gall.

Lo cantar de la gallina.

Clocar de la gallina, quant vol covar.

Lo roncar de la oca.

Piocar lo pollastre.

Lo cantar de la perdiu.

Lo cantar del ànser.

Lo cantar de la olibaça.

Lo cantar del corp. [...] (fulles 33-34)

*No transcribim la traducció en llatí.

De coses de escriure:

[...]

Pluma. Penna, pennae. Calamus, calami.

Pluma de oca. Penna anserina.

Pluma de Cisne. Penna olorina.

Pluma de gallina. Penna gallinacea.

Les ales de la pluma. Plumula, plumulae.

La coa de la pluma. Hic Caulis, caulis, Cauda, caudae.

Lo cano. Calamus, Culmus, culmi.

Pelar les plumes. Deplumare pennas.

Templar la pluma. Aptare pennam. Aparare cala mum.

Escapsar la pluma. Recindere caput pennae.

Fer que tinga dos caps com una forqueta. Effice re pennam bifurcatam.

Donarli un tall en la part de alt. Inscindere pennam in superiore parte.

Lo rallet o fesa. Inscissura, fissura, Crena, crenae.

Obrir la pluma per la part de baix. Ex inferiore parte pennam altius rescindere.

Ygualar les dos puntes. Aequare crepuscula. Ex equare pedunculos.

Temprar la pluma per caplletrar. Aptare pennam in latum, mucronem. [...] (fulla 122)

[POU, Onofre (1580): Iesus: Thesaurus Puerilis. Authore Onophrio Povio Gerundensi Artium Doctore. Apud Ioannem Paulum Menescal. Barcinone.] books.google.es


1644 Alonso Martínez de Espinar

España

LIBRO SEGUNDO - CAPÍTULO XLI. De la comadreja, turón, hurón y patialbillo. [...] (Las comadrejas) siendo tan pequeñas, acometen a un ganso y pavo grande y lo degüellan, y en entrando donde hay gallinas o palomas, hacen grandísimo daño en ellas, matando todo lo que pueden, y comen los huevos que hallan en los nidos de las aves. [...] (pp.171-173)

LIBRO TERCERO - CAPÍTULO XXXI. De los ánsares y ánades reales y otros géneros de aves de agua. Son los ánsares, o gansos bravos, como los comunes; su color es ceniciento; la hechura de su cuerpo, sin diferencia de las de los caseros; los mansos son de muchos colores, porque entre ellos se ha adulterado la casta. Es esta ave muy brava y vive con gran recato; tiene mucha vista y olfato; susténtanse de las gusarapas y sabandijas que hallan en los manantiales y en los ríos, donde comúnmente anda, y de semillas y frutas de árboles, como bellotas y otras comidas que hallan a este modo, y lo más que comen es de noche. La carne de estas aves es buena para cecina, y si es nueva, se empana o cuece, y es muy sabrosa. Hay otras especies de ánades o patos reales; son más pequeños, la mitad que el ánsar. [...] (pp.213-214)

[MARTÍNEZ DE ESPINAR, Alonso (1644): Arte de Ballestería y Montería, escrita con méthodo, para escusar la fatiga que occasiona la ignorancia. Alonso Martínez de Espinar, que da el Arcabuz a su Magestad y Aiuda de Cámara del Príncipe Nuestro Señor. En la Emprenta Real. Año de 1644. Madrid.] books.google.es (Edición original: books.google.es)


1765 Nicolás Fernández de Moratín

España

III - XXXIII.

Si tronó en el Invierno a la mañana,

o más que lo que suele en Primavera,

y el eco se perdió de la campana;

o de Aracnes la tela muy lijera

voló, y los Perros a estregarse acuden,

las Ánades, y Gansos se sacuden.

[FERNÁNDEZ DE MORATÍN, Nicolás (1765): La Diana, o Arte de la Caza: Poema dedicado al Serenísimo Señor D. Luis Antonio Jayme de Borbón, Infante de las Españas, etc. Por Don Nicolás Fernández de Moratín, Criado de la Reyna Madre Nuestra Señora. Oficina de Miguel Escribano, Año de 1765. Madrid.] books.google.es


1845-1850 Madoz

Castilla y León

AGUASAL [Tierra de Pinares, Valladolid]: Descienden de las alturas que le dominan, las aguas de las lluvias, formando al norte del pueblo un gran depósito llamado 'la Gansería', porque antiguamente sus moradores se dedicaban mucho a la cría de gansos en virtud de la proporción que les presentaba el charco tan necesario a estos anfibios [sic].

[MADOZ, Pascual (1845-50). Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de Ultramar. Imprenta de D. Pascual Madoz. Calle de Jesús y María, núm.28 & Est. Tipográfico-Literario Universal, Calle de la Madera baja, núm.4. Madrid.] 1845: Tomo I (ABA-ALI), Tomo II (ALI-ARZ); 1846: Tomo III (ARR-BAR), Tomo IV (BAR-BUZ), Tomo V (CAA-CAR); 1847: Tomo VI (CAS-COR), Tomo VII (COR-EZT), Tomo VIII (FAB-GUA), Tomo IX (GUA-JUZ), Tomo X (LAB-MAD); 1848: Tomo XI (MAD-MOS); 1849: Tomo XII (NAB-PEZ), Tomo XIII (PIA-SAZ), Tomo XIV (SEA-TOL), Tomo XV (TOL-VET); 1850: Tomo XVI (VIA-ZUZ). Consultas online: diccionariomadoz.com


1886 Josep Cortils

Catalunya: Blanes (la Selva, Girona)

JOCHS. LAS OQUETAS (DE NOYAS). La que dirigeix lo joch s'assenta en un padrís, y las restants s'afileran a poca distancia donantse les mans y tenint al mitj a la que fa de 'escudereta'; tot seguit cantan:

La escudereta - Tres passos he dat en terra, no sé l'rey si m'renyará, vinch de part de la conversa, la conversa del rey moro.

Las dretas - ¿Ahónt son las dúas oquetas. Hónt son, hónt son?

La que está assentada - Son a la riereta los dos oquells. Son a la riereta los quatre parells.

Las dretas - ¿Qu'hi fan a la riereta los dos oquells? ¿Qu'hi fan a la riereta los quatre parells?

La assentada - Menjan herbeta menuda, los dos oquells. Menjan herbeta menuda, los quatre parells.

Al arribar aquí s'acostan a la del padrís, s'agenollan y cantan:

- ¿Me n'voldria dá una fulla, los dos oquells? ¿Me n'voldria dá una fulla, los quatre parells?

La assentada - Pera mí que n'prengan una, los dos oquells. Pera mí que n'prengan una, los quatre parells.

Las noyas s'aixecan y se n'van, sempre agafades de las mans, cantant:

- Jo me n'vaig molt descontenta cap al palacio del rey.

La assentada - Torna, torna, escudereta, la més bella te n'daré; la més bella, la més guapa, la més guapa del rosé; tú serás ben governada, y en cadira d'or sentada.

Las noyas tornan a acostars'hi, la del padrís s'aixeca y fa rotllo ab las demés, donantse las mans y deixant al mitj a la escudereta y ballan totas precipitadament al compás d'aquesta cantarella:

- Qui vol veure'lo Pilat, ara balla, ara balla, quí vol veure'lo Pilat, ara balla com un gat. Com un gat y com un gós. Perro, perro, perro, perro. Com un gat y com un gós. Perro, perro, rabiós. Bona cabra y bon cabrit, bona cuixa, bona cuixa. Bona cabra y bon cabrit, bona cuixa y bon rustit. (p.128)

JOCHS. AUCA. Especie de loteria, que consisteix en dúas fullas iguals de las tant conegudas ocas o lletanías, compostas d'estampetas numeradas. Se tallan las estampetas de una y se n'fan redolíns, que s'fican dintre una gorra. Lo qui dirigeix lo joch extén l'altra devant seu, los noys s'assentan fent rodona, y posan en la caseta que vólen un número d'agullas de cap. Aquell remena los redolíns, un dels jugadors ne trau un y l'descargola, guanyant las postas lo qui ha posat en la caseta igual al redolí extret. Si en la caseta igual al que no hi ha posta, las guanya totas lo noy que dirigeix lo joch. (p.145)

[CORTILS Y VIETA, Joseph (1886): Ethología de Blánes. Librería de D. Álvar Verdaguer. Rambla del Mitj, núm. 5. Barcelona.] books.google.es


1916 Cuadros de Costums

País Valencià: Castelló de la Plana

(Fang y tarquím.) Els peixcadórs en aigüa dólça, cuant no fá pudoreta de tarquím, van en els pantalóns o calçotéts arremangáts hasta els ginólls y cuant pòrten camisa, arremangáes les mánegues fins als mùscles; y per dins de les cèquies van més tóus y més despáy que les òques en els lagos tranquíls menejánt la retagüardia y alçánt la cúa per-a que les corrents d' aire vagen acanaláes de Nòrt a Súr. [...] (p.149, pdf 1)

[RIBÉS Y SANGÜESA, Enrich (1916): Cuadros de Costúms Castellonénchs, en aditament de tipos de la tèrra (en serio y en broma). Obra premià per unanimitat en los Jochs Florals de lo Rat-Penat celebrats en Valencia el dia 31 de agost del any 1915. Imp. Hijos de J. Armengot. Castellón.] repositori.uji.es (2 pdf)


1920 J. Pascual Tirado

País Valencià: Castelló de la Plana

Aixina el tiraren fòra, entregant-lo a la xicalla. -A ell, xiquets, que 's com una òca -giué el pare, pegant-li la última patada...

[PASCUAL TIRADO, José (1920): De la Vida Castellonera: El Nadal de un remendó. pp.235-242. En el Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura (BSCC). Número VIII. Diciembre de MCMXX. Castellón.] castellonenca.com


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Recopilación bibliográfica y transcripciones de Jacint Cerdà

En continua actualización.