Burro, asno, pollino, jumento, asno garañón; ase, ruc, guarà, somer, arriat

Equus asinus


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1174-1176 Fuero de Alfambra

Aragón

1b. Del modo de diezmar. Encara retenemos la diezma de todos los bienes que Dios nos dara pora las nostras ecclesias. Todo omne de Alfambra deve dezmar et primiciar en tal manera. Deve donar el lavrador de XXXªI fanega de civera [cibera?] quatro fanegas por diezma et por primicia; de bestiar deve donar diezma de los corderos, asin como del pan; por potro et por muleto, XII dineros; por bezero, VI dineros; por polino de asna, IIII dineros. E deve donar tot vezino de Alfambra diezmo de lana et de quesso. Tot omne de la villa de Alfambra quando terna civera en su era deve clamar al frayre dezimero. E si no quiere venir en aquel dia levante su civera e lexe nostra diezma et nostra primicia leyal mientre. Las eras de foras clamen al frayle et esperenlo entro a en otro dia al meydia et si no y va el frayle no espere mas; e si el frayle no lo quisiere creyer al vezino que derecha ment a dezmado jure el vezino de Alfambra por su cabo et sea creydo. [Civera: mezcla de cereal.]

13. De furto de X solidos en susso. Qui furtara de X solidos en susso lidie con su consemble et si sera caydo peche el duplo al clamant et las novenas a lSennor et si no lo puede peytar sia a la merce del Sennor et del concello; et si sera provado con II vezinos de X solidos en susso no le conbata, mas sea enforcado. De X solidos en iusso todo ladron que sera reptado jure por su cabo et si sera provado de X solidos en iusso la primera vegada pierda la una orela o peche LX solidos, la segunda vegada si sera provado pierda la otra orella et seya esquilado en cruces et corra la villa. Si tres vegadas sera provado de furto de X solidos en iusso la a tercera vegada sea enforcado como ladron. Tot omne que furtara a la hermandat peche por yegua X morabetinos alfonsines, por mula XII morabetinos, por buey V morabetinos, por vaca IIII alfonsines, por assna IIII alfonsines, por ovella III solidos, por carnero V solidos, por cabra III solidos, por cabron V solidos. Si no es provado cononbre, Viii ombre de la colacion el clamant et jure con los dos. E si non jurare el clamant la manquadra jure el reptado por su cabo et seya pagado el clamant. Por qualquier furto sea de la hermandat provado ni faga adobo con los clamantes que peche X morabetinos alfonsines. Qui prendra ladron en aldea adugalo a la villa et si lo justiciaran los de la aldea peche a la aldea do sea justiciado C morabetinos. Si un vezino aura sospecha de otro quel aya furtado alguna cosa vaya con el judez a su casa et escodrinnela et si trobaran el furto sea justiciado como ladron et si no sera trobado non responda mas por aquel clamo.

14. Qui matara cavallo de su vezino. Tot omne que matara cavallo de su vezino por su culpa si lo aura comprado et no aura un anno conplido quanto jurare el sennor del cavallo con dos vezinos que avie costado tanto peche por el cavallo qui lo matara. E si no lo aura conprado peche por cavallo LX morabetinos, e por rozin XX morabetinos, por mulo X morabetinos, e por buey V morabetinos, por asno IIII morabetinos et si non fuere provado jure con dos vezinos.

60. De bestia abortada. Ningun omne que fara abortar bestia de su vezino por yegua peche XL solidos, por vaca X solidos, por asna V solidos si no es con cuchello ferida et a esto todo si no es provado jure por su cabo.

[ALBAREDA Y HERRERA, Manuel et al (1926): Fuero de Alfambra (1174-1176). Tip. de la "Rev. de Archivos, Bibliotecas y Museos", Olózaga, 1. Madrid.] derechoaragones.es ([YUSTE, CABEDO, Marina (2015): Aproximación al léxico de los Fueros de Alfambra (1174-1176). Trabajo de Fin de Grado. facultad de Filosofía y Letras. Repositorio de la Universidad de de Zaragoza.] core.ac.uk)


1177 Fuero de Teruel

Aragón

329. De calonia de bestia que entrare en la defessa. A certas, la defesa del concejo d'esta villa todo tienpo será defesa de todo bestiar e de toda bestia fueras de cavallo e de asno e de mula. Que si alguno en deffesa del concejo de Teruel yegua metrá, peche por ella XII dineros, e por buey o por vaca peche VI dineros, e por asna VI dineros, e por puerco VI dineros, e por carnero o por oveja o por cabrón o por cabra por cada una III dineros, e por ánsara I dinero, si provado fuere segunt del fuero; si non, jure solo el sospechoso e sea credido.

400. De curia de miesses. Decabo mando que, si el sennor de la mies su mies trobará dannada, el messeguero todo el danno reffaga, si non dará el dannador manifiesto. Si el messeguero cavallo o mula o buey o asno o puerco de día trobará en la mies, por qual quiere d'éstos media fanega de prenga de aquella simient que en tierra fuere senbrada. Por X cabras o por ovejas e por cada una ánsara, si de día la trobará en la mies, otrosí media fanega reciba, como es dicho. [...]

583. (De moro que por cativo cristiano darán). Empero, por moro que por cativo cristiano darán, assí del cavallero como del pedón, e de las (cosas) de los santos, assí como el fuero manda, non den quinto. Otrosí, non den quinto de todas las otras cosas, si non fuere tan sola mientre de moros e de bestias e de ovejas e de bacas. Mas arechen las bestias las quales ferrán o matarán o quebrarán; e qui cavallo perdiere, prenga por él quanto cada uno por aquel cavallo con un cavallero jurará, como es fuero; et otrosí por otra bestia assí jure. Mas los asnos non ayan nenguna erecha, mas empero assí como los cavallos prengan (part).

730. De fuero de exeas. Mando encara que toda exea, antes que entre en aquel oficio, dé fidanças valederas en concejo que la requa que él guiará sea salva, assí en yr como en venir. Qual aquella exea deve pechar todo el danno que en la requa aviniere, estís danno de furto o de proprio debdo o de mereximiento de malfecho. Encara, la exea judgue a los barajantes de las requas e faga justicia en la requa. E si la exea fuere provado por non fidel en concejo, sin remedio sea enfocado. E qual quiere exea por exeadgo prenga de C carneros o de cabrones o de ovejas I moravedí alfonsí, e de cada buey o baca prenga II sueldos, e de cada (una bestia ma)yor prenga XII dineros, e de asno (VI) dineros; de los quales el sennor rey aya las dos partes.

753. De maestro ferrero. El maestro o el ferrero por bestia cavallar, qual quiere que sea, por ferrar de todo prenga XII dineros et non más, et por bestia mular VIII dineros, et por asno VI dineros. Si por aventura más ne prisiere et provado'l fuere, peche V sueldos al almotaçaf et al querelloso. Et si el sennor de la bestia ferradura oviere, el ferrero échela por I dinero con sus clavos, et si fer non lo quisiere, peche V sueldos al almotaçaf et al querelloso. Mas si aquel ferrero bestia ferrare et la enclavare, si por aquello alguna tacha le aviniere, péchela por la jura del sennor de la bestia; enpero, si fuere vençido con testigos; et si no, jure el ferrero que aquello por su culpa non le avino, et sea credido. Mas si aquella bestia antes de IX días perdiere clavo, el ferrero sin otro precio lo emiende, segunt del fuero; que si fer non lo quisiere, peche V sueldos al almotaçaf et al querelloso. Después de IX días certas no es tenido de responder. De cabo, si el ferrero legón o ronquero o reja o foz podadera o segur o foz de segar o otro qual quiere fierro quebrado vendiere por sano, por la jura del conprador aquel día refaga la ferramienta et enmiende al conprador, o torne luego los dineros. Mas si el ferrero (esto) o aquello non querrá fer, peche V sueldos al almotaçaf et al querelloso. Et si el ferrero el açero o el fierro cameará, peche V sueldos, así como es dicho. Et si le oviere sospecha, jure solo el ferrero. Enpero, asaber es qu' el almotaçaf deve pendrar por todas estas calonias et partirlas con el querelloso. De cabo, si el ferrero al día establido non dare la obra fecha, duple la sennyal que por aque(lla) cosa avía preso, así como es fuero; et si sennyal non toviere et al día establido la obra non diere fecha, peche V sueldos, así como es dicho. Otrosí, si alguno por ferramienta diere sennyal et al día stablido su obra non redimiere, pierda la sennyal.

[GOROSCH, Max (2007): Tiempo de Derecho foral en el sur aragonés: los fueros de Teruel y Albarracín. Tomo II. Zaragoza. Amb el facsímil: El Fuero de Teruel, de Max Gorosch. Stockholm, 1950.] derechoaragones.es


1257 Fuero de Requena

País Valencià

Titullo III, 1. De los mesegeros et de las mieses et del su coto. Si el mesegero o el sennor de la mies fallare danno en la mies, el mesegero lo rrefaga, si non diere el dannador manifiesto, et si el meseguero fallare en la mies de dia cavallo o puerco o mula o asno, tome por cada uno un almud de aquella simiente, que la tierra fuere senbrada, et por doze cabras o ovejas un almud, et por cada ansar tome un almud de dia, et por de noche tome dos almudes si fuere provado, sinon, jure el sospechoso con un vezino et sea creido, pero desde la entrada de mayo fasta que las mieses sean cogidas, entrel coto et el apreçiamiento, tome el sennor lo que mas quisiere, et si el sennor del ganado con el sennor de la mies non quisiere yr a apreçiar el danno, peche quanto el sennor de la mies jurire, si depues fuere vençido con testigos, ca el sennor de la mies a de provar por el danno et coger el pecho, et do pecho non cogiere o non oviere el dannador manifiesto, aquel danno alo de rrefazer el meseguero.

Titullo IIII, 11. De commo et de quando son las vinnas de guardar. Todas las vinnas sean guardadas commo dicho es, desde el primero dia de enero fasta que la vendimia sea cogida, et desende fasta la entrada de enero, si buey o cavallo o asno o puerco entrare en las vinnas, peche un almud de trigo.

Titullo VII, 8. De la defesa del concejo de la çibdad. La defesa del concejo de la çibdad todo tienpo sea defendida de todo ganado et bestia, sacado cavallo et mula et asno, et por el danno de la yegua, peche su sennor medio mencal, una ochava, et por el buey, una quarta, et por qunquentas ovejas, çinco sueldos, et por çinco ansares, una ochava, et quien en la defensa segare yerva, peche çinco sueldos, et todo danno que fuere fecho de noche aya la calonna doblada, pero por el ganado que en pasando por el camino, paçiendo en la dehessa, non peche ningunna calonna, et sea defendido que en termino de Cuenca non aya ningunno defesa de conejos nin de vedados nin de pasto.

Libro 2, Titullo VI. De como prenda su salario. De las cosas que el corredor vendiere aya de cada maravedi un dinero, et segun eta rrazon aya de las otras cosas que vendiere, pero seale defendido que de las cosas que vendiere, que non tenga nin conpre para si alguna cosa, et quando moro vendiere o alguna eredad, aya medio mencal, et si cavallo vendiere, aya ocho dineros, et del asno et del buey aya quatro dineros, et el corredor salga otro de las cosas que vendiere, pero si non quisiere sallir otro et el otro le (quisiere) provar el contrario, peche el vendedor toda la demanda doblada.

Libro 2, Titullo VI, 34. Del pregonero et del sayon. El sayon o el pregonero pregone a conçejo por mandado del juez et non de otro, en armas las plaças, otrosí, pregone los plazos de la puerta del juez, otrosi, pregone que quier que los alcaldes les mandare sacado el conçejo et los plazos de la puerta del juez, otrosi, pregone todas las perdidas que el querelloso viniere a el, et aquello que fuere fallado, et el pregone las almonedas de las almofayas asi en la villa commo de fuera, et tenga la puerta de la corte de los alcaldes el dia del viernes et non otro dia, et del pregon de las almonedas, si bestia cavallar vendiere, tome quatro dineros, et del buey et del asno, aya dos dineros, et del moro, aya una meaja et non mas, et si de algun pregon mas tomare, peche un maravedi, et si bestia fuere perdida asi en la villa commo de fuera pareçiere por su pregon aya dos dineros, et por el moro, aya quatro dineros, si fuere vezino o de termino de Cuenca, et por el moro que de termino de Cuenca non fuere, tome un mencal, et de las otras cosas segun la cuenta de un maravedi tome una meaja el sayon, et tome por soldada del concejo en cabo del nno veynte mencales, et si en estas cosas que del su oficio son puestas, por su culpa mengua viniere, peche un maravedi (al juez) et a los alcaldes et al querelloso.

Libro 3, Titullo XIIII, 14. Del cavallo, de como erepte. La erepta del cavallo non pase de sesenta maravedis, et fasta sesenta maravedis, cuando cada uno le jurare con dos vezinos, tanto tome por su cavallo, las otras bestias non pasen de veynte marrivedis, et fasta veynte, quanto cada uno con dos vezinos jurare, a tanto tome, los asnos non ayan erepta ninguna pero ayan rraçiones segunt los cavallos. [Erepta: erecha, indemnización por daño de guerra.]

Libro 4, Titullo XII, 3. De los ferreros et del su coto. Si el ferrero ferrare la bestia et la enclavare, pechela, si por ello le viniere lision, et si ante de los nueve dias perdiren el clavo, el ferrero echeçelo, et despues de los nueve dias non le rresponda por el, el ferrador por bestia cavallar qual quier que ferrare, tome un sueldo, et por la mular, una quarta, et por el asno, seys dineros, et si el sennor de la bestia oviere ferradura, et echela el ferrero por un dinero, et si lo non quisiere fazer, peche un maravedi al almotaçan et al querelloso. [Coto: reglamento, precepto/multa.]

[DOMINGO IRANZO, Eugenio (2008): El fuero de Requena (14 de agosto de 1257, por Alfonso X de Castilla). Ed. Ayuntamiento de Requena, Archivo Municipal de Requena y Centro de Estudios Requenenses. Colección Fuentes documentales de Requena y su Tierra, 2. Requena, Valencia.] requena.es


1580 Onofre Pou

Catalunya

Del estable, y bestiar gros y menut:

Estable.

Lo qui te carrec de la estable.

Estable de cavalls.

Estable de ovelles.

Estable de cabres.

Estable de corderos.

Estable de cabrits.

Estable de porcs.

La pallissa.

Pastura.

Ferrage.

La palla.

La palla del fem.

Fem de ase.

Fem de Bou.

Fem de ovelles.

Fem de cabres.

Fem de porcs.

Fem de rates.

Qualsevol fem.

Les forques per la palla.

Les forques de dos, o tres dents.

La menjadora, o pesebre.

La biga que está devant, a on lliguen les besties.

Les anelles.

Les barres que posen entre los cavalls, perque nos baten.

Lo llit de les besties. (fulles 24-25)

De altre bestiar de treball y de carrejar:

Corral de tenir bestiar.

Qualsevol animal qui serveix al home.

Ramat de qualsevol bestiar.

Bestia de treball.

Bestia de lloguer.

Lo qui té besties a lloguer.

Mul, mula.

Mul de bast, o albarda.

Macho de carro.

Macho.

Ase, Asenet.

Asna, o somera, somareta.

Lo fill de cavall y asna.

Cosa de asens.

Lo guardia dels asens.

Lo qui guia los asens, arriero, borricayre.

Lo traginer. [...] (fulles 27-28)

*No transcribim la traducció en llatí

[POU, Onofre (1580): Iesus: Thesaurus Puerilis. Authore Onophrio Povio Gerundensi Artium Doctore. Apud Ioannem Paulum Menescal. Barcinone.] books.google.es


1628 Tassas

Corona de Castilla

Mercaderes de hierro:

[...] En la tassa general está puesta la arroba del herrage, y clavazón para cavalgaduras, a onze reales y medio; y la dozena de mular y cavallar, que son veinte y quatro herraduras, a doze reales; y la dozena de terciadas, que son asnales, y quarenta y ocho herraduras, treze reales; y la dozena de herraduras Italianas, que son veinte y quatro herraduras, a veinte reales, sin declarar a como se ha de vender la libra de clavos, o si se han de vender las herraduras con clavos. [hoja 38]

[...] Cada dozena de herraduras, mular y cavallar, que son veinte y quatro herraduras, con cada dozena, dos libras de clavos muertos, catorze reales. Cada dozena de herraduras terciadas, que son quarenta y ocho, que llaman asnales, con tres libras de clavos muertos, quinze reales. [hoja 39]

[TASSA DE LOS PRECIOS A QUE SE HAN DE VENDER LAS MERCADERÍAS Y OTRAS COSAS DE QUE NO SE HIZO MENCIÓN EN LA PRIMERA TASSA, Y REFORMACIÓN QUE AORA SE HA HECHO POR LOS SEÑORES DEL CONSEJO, EN ALGUNOS PRECIOS QUE SE PUSIERON EN ELLA. Con las declaraciones de algunas dudas que se han ofrecido sobre la observancia de la Premática que se publicó en treze de Setiembre de mil y seiscientos y veinte y siete años, con la primera Tassa. Madrid. 1628.] google.es/books


1630 Establiments Vilafamés

País Valencià: Vilafamés (Plana Alta)

[fol. 10] ASENS COLLUTS

Per lo gran profit (que) resulta als llauradors de criar ab ses someres alguns mulats o mulates, lo qual ab comoditat no poden conseguir si arriats van a la dula, per so volem que ningún arriat collut [no capat] vaja en la dula, sots pena de sexanta sous.

Ittem sots la mateyxa pena manam a qualsevols dulers no guarden dits arriats.

Ittem sots la mateyxa pena establim que quisbulla tinga los dits asens fermats ab cabestre o sino ab trau y baga.

[fol. 18] BESTIAR GROS Y MENUT, COM SE ENTEN

Bestiar gros se entèn: bous, vaques, vedells de sis messos en amunt, porchs, porcells de tres messos en amunt, rocins, egues, pollins de sis messos, mules y machos, asens, ruchs de sis messos en amunt y someres.

Ittem bestiar menut se diu tot gènero de bestiar cabriu, llanar, pollins, ruchs, vedells, fins en sis messos y porcells fins en tres messos.

[fol. 64] MORERES

Tot bestiar cabriu, bous, cavalcadures, ayxí asnines com mulars o eguacines, que entraran en qualsevol moreral, mentres fulla tindran les moreres paguen vint so(u)s de dia, y de nit lo doble.

Ittem porchs y llanar que entraran en los morerals en dit temps, paguen deu sous de dia, y de nit lo doble.

Ittem qualsevol persona que collira fulla o tallara vergues o verga de dits morerals, pague sexanta sous de pena, y si es de empelt del primer any, pague huitanta sous.

[fol. 68] OLIVARS

Los animals menuts que entraran en qualsevol olivar, paguen deu sous de dia, y vint de nit y si fruyt y haurà. Vint sous de dia, y de nit lo doble.

Ittem qui plegara o collira olives en olivar de altri, pague vint sous de dia, y de nit lo doble, y si les furtara del munt a hon lo amo les te arreplegades, pague cent sous de dia, y de nit lo doble.

Ittem qui farà llenya en olivar de altri pague vint sous de dia, y de nit lo doble.

Ittem mentres fruyt y aurà en los olivars ningun bestiar ni porchs, pasen per ningun camí, si no es per lo camí de alba, sots pena de deu sous, y de nit lo doble.

Ittem bous o vaques que entraran en qualsevol olivar, paguen deu sous de dia, y de nit vint.

Ittem cavalcadures mulars, asnines o eguacines que entraran en qualsevol olivar que tindrà fruyt de Nostra Señora de setembre en avant paguen deu sous de dia, y de nit vint sous.

Ittem de Nostra Señora, de setembre en avant si fruyt tindran los olivars, tinguen los porchs de pena trenta sous de dia, y de nit lo doble, y no aventhi fruyt, tot lo any tinguen de pena, deu sous de dia, y de nit lo doble, o pena de la vida com sempre.

[DÍAZ MANTECA, Eugeni (1982): Establiments de la Vila de Vilafamés. Excma. Diputació Provincial. Castelló.] Transcripción del lmanuscrito titulado: "Libro de establecimiento de la villa de Villafamés del año 1630", en: repositori.uji.es


1726-1739 Diccionario de Autoridades

Corona de Castilla

ASNO. s. m. Animál quadrúpedo, rudíssimo y torpe; pero mui sufrido, y à propósito para el trabájo y la carga. Llámase por otros nombres Jumento, Borríco, Pollino, y Burro. Háilos domésticos y salváges: los salváges no sufren carga, y si se la ponen se echan en el suelo: como sucéde à los que se crian en grande abundáncia en la Isla Formentéra. Es tomado del Lat. Asinus. El salváge se llama Onager. FR. LUIS DE GRAN. Symb. part. 1. cap. 12. §. 3. El buey es fuerte y robusto, el asno perezoso. CERV. Quix. tom. 2. cap. 4. Viniendo con la señora Princésa Micomicóna conocí mi asno.

BESTIA. s. f. Aunque en su orígen y significado [i.600] Latino Bestia, de donde se ha tomado, comprehenda todo género de animáles terrestres, volátiles y aquáticos: en Castellano por esta palabra solamente se entiende el animál corpulento y quadrúpedo, y especificamente los domésticos: como caballos, mulos, asnos; pues los salváges y feróces, como leones, tigres, ossos, elephantes y otros, aunque sean en la realidád béstias, y de quatro pies, siempre se añáde el adjetivo Fiero para denotarlos y expressarlos. Lat. Bestia. COMEND. sob. las 300. fol. 20. Los quales con su ligéro correr cazan las béstias fieras. ESPIN. Escuder. fol. 210. Y noten que no se movía bien, ni huía de las béstias. GONG. Son. burl. 7.
Carrózas de à ocho béstias, y aun son pocas
Con las que tiran, y que son tiradas.

BURRO. s. m. El asno, el pollíno, el jumento. Veanse. Lat. Asinus. ESTEB. fol. 239. Volvía à respingar el señor burro, y à soltar tantos espumájos por la puerta de la dentadúra, como presos por el postígo desdentado. CALDER. Com. El postrer, duelo de España, Jorn. 3.
Harre burro de un ladrón,
miren qual se vá torciendo.

CABALGADURA. s. f. La béstia de rua, en que regularmente se anda acaballo. Tambien se entiende esta voz de la cabalgadúra que solo sirve de carga, y no de montar en ella. Latín. Jumentum vectorium. FUER. JUZG. lib. 2. tit. 1. l. 24. E si es home de menor guisa, debenle dar cabalgadúras. HORTENS. Adv. y Quar. fol. 40. En una cabalgadúra un hombre ordinário passa segúro el puerto. ESPIN. Escud. fol. 62. En amaneciendo cogió el uno de ellos una cabalgadúra, y se partió delante.

CABALLERIA. s. f. La béstia en que se anda a caballo, que si es mula o caballo se llama mayor: y si borríco se llama menor. Latín. Jumentum vectorium. CERV. Quix. tom. 1. cap. 5. Procuró levantarle del suelo, y no con poco trabajo le subió sobre su jumento, por parecerle caballería mas sossegada. INCA GARCIL. Coment. R. lib. 2. part. 2. cap. 13. A los carneros que les sirven de caballería, para que puedan sufrir la carga.

JUMENTO. s. m. En su riguroso significado, es toda béstia de carga: y en el común modo de hablar se entiende el Asno. Latín. Iumentum. Asinus. OV. Hist. Chil. lib. 1. cap. 21. Hasta que llegaron los Españoles a aquellas partes de la América, no se habían visto jamás en ella vacas, caballos ... cabras, ni jumentos. BAREN, Guerr. de Fland. pl. 363. Le quitó, fuera de las vituallas, casi todos los carros y jumentos que las trahían.

POLLINO. s. m. En su riguroso sentido significa el asno nuevo y cerríl; pero oy regularmente se entiende por qualquier borríco. Latín. Asinus. RIBAD. Fl. Sanct. Vid. de Christ. Pero quiso esta vez entrar acaballo en una asna y un pollíno, y ser recibido con gran fiesta y solemnidad. FIGUER. Passag. Aliv. 6. En tiempo de polvareda, no hai silla llevada de animales humanos, que iguale al lomo de un bullicioso pollíno.

[REAL ACADEMIA ESPAÑOLA (1726-1739). Diccionario de la Lengua Castellana en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua. Tomo I (A-B), Tomo II (C), Tomo III (D-F), Tomo IV (G-N), Tomo V (O-R), Tomo VI (S-Z).] Buscador online (Diccionario de Autoridades): apps2.rae.es


1754 Agustín Calvo Pinto

España

Del modo de lazear los Venaos. Es el lazear el 'Quisvel qui', por no decir la Puente de los Asnos, donde se encalla todo hombre de Campo. Es caza donde es necessario valerse de todo el Arte de la Ballestería (lo cierto es, suele depender más de la fortuna que de industria). [...] (pp.185-193)

[CALVO PINTO, Agustín (1754): Silva Venatoria. Modo de cazar todo género de Aves y Animales, su naturaleza, virtudes y noticias de los temporales. Su autor, D. Agustín Calvo Pinto y Velarde, Montero de a cavallo de su Magestad. Imprenta de los Herederos de Don Agustín de Gordejuela y Sierra. Año de 1754. Madrid.] books.google.es


1764 Ros

País Valencià

Guarà, garañón: el asno grande que se echa a las yeguas y a las burras para la procreación de machos y mulas. Ruch. Vease àse. Somèr, somèra, jumento, mumenta. Vease àse.

[ROS, Carlos (1764): Diccionario Valenciano-Castellano, escrito por Carlos Ros, Notario y Escrivano público, por Autoridades Apostólica, y Real, natural de esta muy Noble Insigne, Lealíssima, y Coronada Ciudad de Valencia. En Valencia. En la Imprenta de Benito Monfort, junto al Hospital de los Estudiantes. Año 1764.] books.google.es


1765 Nicolás Fernández de Moratín

España

II - L-LI.

Son menester Acémilas de Machos,

lozanos, con bordados Reposteros,

con borlas, cascabeles, y penachos;

esta requa llevó a los Cazaderos

las redes, arcabuces, y estacones,

y el comboy de las otras prevenciones.

Y hasta entrar en el bosque el Coche tiren

las fuerzas de las Mulas corpulentas,

las pardillas de Almagro en él se miren;

Aná* con diligencias muy violentas

halló esta especie quando instó al Jumento

al no usado, y monstruoso ayuntamiento.

Este humilde animal sirve de cebo

del voraz Lobo, a la ansia carnicera,

pues trabajando bien, quando era nuevo,

este consuelo en la vejez le espera;

Oh infeliz bruto, exemplo desdichado

de aquel que sirve bien, y es mal premiado!

*Aná: nieto de Esaú.

II - LVII-LIX [Sobre el caballo]

Si acaso alguna vez oyó Clarines,

o estruendo de Armas, salta desgreñado

al diestro lado las espesas crines;

al viento en el correr desafiando,

pide con los relinchos el Ginete,

y ciego por los campos arremete.

En el ojo, y las sólidas junturas

al Buey imite, al áspero Muleto

en el firme sentar las herraduras;

al Gato en el andar limpio, y secreto;

en la vista, y voltear muy velozmente,

a la escamosa, y lúbrica Serpiente.

Del León la arrogancia, y la fiereza,

de la Zorra oreja, y cola; del Jumento,

la uña; el cuello del Lobo en fortaleza,

y el pecho de Muger; para este intento,

qué otro modelo mi atención divisa;

sino el Angelical de mi Dorisa? [...]

[FERNÁNDEZ DE MORATÍN, Nicolás (1765): La Diana, o Arte de la Caza: Poema dedicado al Serenísimo Señor D. Luis Antonio Jayme de Borbón, Infante de las Españas, etc. Por Don Nicolás Fernández de Moratín, Criado de la Reyna Madre Nuestra Señora. Oficina de Miguel Escribano, Año de 1765. Madrid.] books.google.es


1767 Ignacio de Egaña

Euskadi

TIERRAS. Real Provisión del Consejo, para que las Justicias del Reyno de Analucía, y Provincia de la Mancha, dispongan, que todas las Tierras labrantías propias de los Pueblos, y las Valdías, o Concegiles, que se rompiesen, y labrasen, en virtud de Reales Facultades, se dividan en suertes, y traten a juicio prudente de Labradores justificados, e inteligentes, y hecho así, se repartan entre los Vecinos más necesitados, atendiendo en primer lugar a los Senaneros Semaneros, y Braceros, que por sí, o a Jornal puedan labrarlas, y después de ellos, a los que tengan una Carga de Burros, y Labradores de una Iunta, y por este orden a los de dos Iuntas; con preferencia a los de tres; y de ninguno que no pueda labrar la tierra, que se le reparta, la subarriende, y previene lo que se debe practicar en este caso, y en los de no pagar la pensión por dos años; su fecha, 12 de Julio de 1767.

[EGAÑA, Ignacio de (1780): El guipuzcoano instruído en las reales cédulas, despachos y órdenes, que ha venerado su madre la Provincia (...) desde el año de 1696 hasta el presente de 1780 (...) por D. Domingo Ignacio de Egaña, oficial, que fue, del Archivo del Real y Supremo Consejo de Castilla, y de la contaduría General de las Órdenes Militares, actual Secretario de Juntas y Diputaciones de la misma Provincia, para uso y servicio de sus esclarecidos Pueblos y Nobleza. San Sebastián: Imprenta de D. Lorenzo Riesgo Montero de Espinosa, Impresor de la M. N. y M. L. -muy noble y muy leal- provincia de Guipúzcoa.] liburutegibiltegi.bizkaia.eus - liburutegibiltegi.bizkaia.eus - books.google.es


1845-1850 Madoz

País Valencià

ALBAYDA [Albaida, partido judicial de la Vall d'Albaida, València]: La exportación de los efectos que se elaboran, el sobrante de frutos, la importación de los necesarios, es lo que le constituye, y en el cual se ocupan para su transporte a la ribera del Júcar muchos tragineros con recuas de burros y de buenos y lucidos mulos.

Navarra/Nafarroa

AIBAR [Aibar/Oibar, municipio de la merindad de Sangüesa]: Ind. una parada con dos garanones [garañones] y caballo padre, arrería, molinos de aceite y fábricas de aguardiente.

Castilla y León

ALDEAVIEJA [Aldeavieja de Tormes, municipio de Salvatierra, Salamanca]: Población: 82 vecinos (313 habitantes) dedicados a la agricultura, ganadería y trajinería con asnos.

Castilla-La Mancha

ALBACETE (AUDIENCIA TERRITORIAL DE LA PENÍNSULA) [Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Murcia]: La recría de muletas que con el tiempo adquieren tal hermosura que son buscadas por naturales y extrageros, las yeguadas y cría de asnos forman una de las partes más importantes de la riqueza de la provincias de Albacete y Ciudad Real.

ALBACETE [intendencia de Albacete]: En una tabla aparecen las cantidades y precios de algunas producciones en 1799. Pueblos de la provincia de Cuenca: 1000 ejemplares de ganado mular, 4,580 reales. Pueblos de la provincia de La Mancha: 2000 ejemplares de ganado mular, 1,065 reales. Pueblos de la provincia de Murcia: 2000 ejemplares de ganado mular, 1,220 reales. Total para la provincia de Albacete: 6,865 reales". "Pueblos de la provincia de Cuenca: 200 ejemplares de ganado asnal, 4,240 reales. Pueblos de la provincia de La Mancha: 300 ejemplares de ganado asnal, 1,335 reales. Pueblos de la provincia de Murcia: 450 ejemplares de ganado mular, 2,770 reales. Total para la provincia de Albacete: 8,345 reales.

ALBALADEJO [municipio del Campo de Montiel, Ciudad Real]: La principal industria de los naturales consiste en la agricultura, ganadería, arrería con burros.

Extremadura

ACEITUNA [mancomunidad del Alagón, Cáceres]: Prod. centeno, trigo, granos menudos, aceite, vino, frutas, legumbres, lino, ganado lanar, cabrío, vacuno, cerdoso, y algunos asnos y mulas para el servicio de las casas de labor.

AILLONES [Ahillones, municipio de la Campiña Sur, Badajoz]: Se mantienen 27,000 cabezas de ganado lanar, 700 de cabrío, 300 de cerda, 200 de vacuno cerril, 80 de labor, 100 pares de mular para lo mismo, y algunos caballos y jumentos.

Andalucía

ABLA [comarca de Los Filabres-Tabernas, Almería]: Las labores se hacen con 35 yuntas de mulas, 32 de vacuno y 20 de asnal, y además se emplean en la arriería 40 caballerías.

[MADOZ, Pascual (1845-50). Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de Ultramar. Imprenta de D. Pascual Madoz. Calle de Jesús y María, núm.28 & Est. Tipográfico-Literario Universal, Calle de la Madera baja, núm.4. Madrid.] 1845: Tomo I (ABA-ALI), Tomo II (ALI-ARZ); 1846: Tomo III (ARR-BAR), Tomo IV (BAR-BUZ), Tomo V (CAA-CAR); 1847: Tomo VI (CAS-COR), Tomo VII (COR-EZT), Tomo VIII (FAB-GUA), Tomo IX (GUA-JUZ), Tomo X (LAB-MAD); 1848: Tomo XI (MAD-MOS); 1849: Tomo XII (NAB-PEZ), Tomo XIII (PIA-SAZ), Tomo XIV (SEA-TOL), Tomo XV (TOL-VET); 1850: Tomo XVI (VIA-ZUZ). Consultas online: diccionariomadoz.com


22-26.6.1857 Lorenzo Grafulla

Matarranya (Teruel) / Tinença de Benifassà (Baix Maestrat, Castelló)

(Historieta de cuando el tío Silverio, de Valderrobres era carlista y, según dice, Alcalde de los puertos) Serían la once próximamente cuando marchaba yo con mi borriquilla y una talega de harina en dirección a la masada (procedente de un molino harinero entre Valderrobres y la masía de la Manzanera), cuando al pasar junto a un matorral bastante espeso, creí oír alguna lamentación.[...] Volví a mi borrica, la descargué dejando la talega a un lado del camino, aproximé la jumenta a donde se hallaba mi prójimo (un cristino), y dándole valor, con mi ayuda pudo incorporarse colocándolo a seguida sobre la borrica como me fue posible. [...] Llegamos a una cueva que yo conocía perfectamente, y nadie había de visitar, ya por lo oculta, como por su rara posición.[...] - Ahora marcho a recoger la carga que mi borrica llevaba y que dejé junto al camino, la llevaré a la masada y de allí te traeré ropa y algo para que comas y bebas. [...] Marché en busca de la talega de harina, la llevé a la masía y tomando pan, vino y un poco de abadejo que había en casa con alguna ropa de mi uso, algo de abrigo y los útiles de encender fuego, volví a la cueva encontrando en ella la miseria personificada. [nº 142, de 15 de febrero] Marché a Valderrobres y al siguiente día me dirigí donde sabía se encontraban unos alquitraneros qaue de vez en cuando vienen a habitar por temporada estos puertos, sacando alquitrán de la tea de los pinos, que llevan a vender a Tortosa o Vinaroz para embrear barcos, y si estos no estaban, buscar algún carbonero.[...] El viernes antes del día me levanté, encendí fuego, hice una tortilla con un par de huevos que puse dentro de un pan, freí dos trozos de bacalao, los que coloqué en otro pan, y con estas provisiones, únicas que podía ofrecer, marché a buscar a mi militar. [...] Una hora próximamente nos costó llegar a la cabaña de los alquitraneros, donde estaban todos arreglando sus acémilas. - Este hombre que aquí os presento, les dije, me lo habéis de poner dentro de Tortosa sin excusa ni pretexto alguno. [nº 143, de 28 de febrero] Cuando en virtud del convenio de Vergara, algún tiempo después, se presentaron en el bajo Aragón y Maestrazgo respetables fuerzas del ejército al mando del General Espartero, estableciendo su cuartel general, por la pascua de 1839, en la villa de Monroyo. [...] Partidas sueltas registraban el país, introduciéndose por todas partes, y una de ellas sorprendió a un hijo mío con una escopeta, pues nunca faltan estas armas entre los masoveros, ya para defenderse de las fieras, como así mismo de los ladrones, y se lo llevaron preso a Monroyo creyendo ver en él algún confidente.[...] (Fue el tío Silverio a Monroyo para ver Espartero y salvar a su hijo y se encontró con el viejo militar cristino) - Ha olvidado ya que una noche en los puertos de Beceite, viniendo con su borriquilla del molino, recogió a un militar moribundo, llevándolo a una cueva, prodigándole en ella toda clase de cuidados, hasta que ya enteramente repuesto, hizo que unos alquitraneros le condujeran a la ciudad de Tortosa? [...] (Baldomero Espartero) llamó a un ordenanza y, extendiendo una lacónica orden, fue en su vista puesto mi hijo en libertad, devolviéndole al mismo tiempo su escopeta. [...] [nº 141, de 30 de enero de 1889, nº 142, de 15 de febrero, y nº 143, de 28 de febrero]

Se abrió el herbario y fueron colocándose en él las yerbas que nos proporcionó aquel terreno, contándose el Heracleum panacea [Umb.], Valeriana montana [Val.], Lactreca Lactuca virosa [Com.], Hieracium spathulatum [Com.], Specularia castellana [Legousia scabra, Cam.], Phyteuma betonicaefolium [Cam.], Corillus Corylus avellana [Betu.], Taxus baccata [Gymn.], Orbhis masulata Orchis maculata [Orch.], Orquis bifolia [Orch.], Melica uniflora [Gram.], la Peonia [Paeo.] y otras que se omite nombrar. Recogimos los bártulos, colocándolos en la humilde acémila, y dejamos aquella deliciosa balsa de agua y de verdura, para subir al árido Refalgarí [sic].[nº 145, de 30 de marzo]

[GRAFULLA, Lorenzo (1888): "Un paseo por los Puertos de Beceite", en "La Asociación: revista profesional y científica de medicina y cirugía, farmacia y veterinaria de la provincia de Teruel" (1883-1891), por entregas, desde el nº 123, de 15 de mayo de 1888, al nº 150, de 15 de junio de 1889.] bibliotecavirtual.aragon.es


28.8.1898 El Vendrellense

Catalunya: el Vendrell (Baix Penedès, Tarragona)

Cinematógrafo. Dos o tres baturros rascando guitarras, cuatro carricoches con toldo al revés, un viejo organillo de 'tutti colori' y una bolera con su calañés; una caravana de feos gitanos con unos vocablos de boca infernal, la mar de chiquillos de mala crianza y un perro lobezno de el Senegal, tres mozas desnudas, dos cabras domadas, seis asnos enclenques, un gato montés; un pordiosero que tuvo fortuna y otro potentado que ya no lo es; gallegos ilustres que hoy pordiosean, deshechos de gracia hasta reventar, dos loros, un mico, un oso pintado, dos majas de rastro del Santo Lugar; algún coji-tranco, un mudo que no habla con varios lisiados de pura ocasión, exhíbense gratis de noche y de día debajo el tinglado de nuestra estación. Enrique.

[El Vendrellense. Núm.309. Vendrell 28 de Agosto de 1898. p.2.] Arxiu de Revistes Catalanes Antigues: arca.bnc.cat (elegir palabras clave)


1916 Cuadros de Costums

País Valencià: Castelló de la Plana

(La festa del Lledó. Els ex-votos.) Ma mare dida 'm repetía moltes voltes, ¡la pobreta!: "xiquet, menja bònes xulles y bòn pucheret de gallina, y deixa els llibres a un racó, que mes val que diguen 'per ahí pasa un burro' que 'un tísic'. [...] (p.51, pdf 1)

(En el ravál de San Fèlix. El gran Cabanénch -torero-.) Entrí en ma caseta, deixí 'l fardét contra la porteta del corrál y em vaig gitár, pancha per aváll, dins del pesebre de la burra, que fée dos dies que habíe mòrt de sobrepárt, y allí vaig plorar com una Madalena arrepentida en la còva. [...] (p.93, pdf 1)

(L'Almoneda.) Feta la crida per 'ls cantóns dels carrérs del ravál de Sant Fèlix, en el día y hòra convinguda, en mitj d' un gran rògle de propietaris, se fá la venta pública, per subastació, de tot lo que han arreplegát per les cases y o liquiden a cuansevòl prèu, pero al alça, perque lo esenciál son perres, d' eixes a les que no s' els pòt tiràr el lláç per-a ficarles en la perrera, que en Castelló de la Plana es un caixó d' envase per-a transportar armóniums d' ocasió, al que li han adicionat dos ròdes, y vá a remolque de un burro guít, que apesár dels molts anys que presta servici, no li han donat la llicència absoluta, ni garròfes. [...] Barríl, el perrero, te 'n gran estima esta jòya fòsil ambulant, y per-a que no l' atormenten les mosques en l' estiu li pòse cuatre camáls de pantaló, que per el colór y les hechures debíen haber perteneixcút a algún cipayo. No es el únic burro que porta pantalóns, ¿pero en les cuatre cames y nugáes les boques dels canóns de pana en una especie de ganchos com si fòra algùn divulgadór del expórt cicliste? [...] (pp.101-102, pdf 1)

(Les corregudes de sáchs.) Lo únic que púc afirmar es que 'ls que prenen part en esta distracció, deuen tindre péll de gós, com es diu vulgarment, perque 'l espectácle simplement es reduís a ensacár als corredórs com si foren carabaçes o melóns, per-a el transpórt en burra. Una vòlta ensacáts els concursants, queden els sáchs dréts y uns al costát de átres, apoyantse mútuament, y arrincleráts com si fóren partides de blát per-a l' embarco. [...] (p.123, pdf 1)

(Les corregudes d' animäls. [a Portell, "burricaes" i es feien per Sant Antoni, pel pla de dalt i pla de baix]) Deixém aquélles lujoses tribunes y aquélles circunferencies concèntriques de butaques y cadires y aném a la nòstra, a lo clásic, a lo típic, a lo natural del terreno. yò no he fét estudis d' equitació, perque 'n un simple 'nsayo 'n vaig tindre próu y masa; perque sent molt jove vaig probar a montar una burra, que tenía la llavanera borriolenca Antonia la Blanca, y la dòna, siga per olvit o per mala fé no 'm va atvertir que la burreta éra guita. Com yò veía a cada moment, que 'ls fematérs de Castelló montaben per detrás als séus burros en sária, vaig volér seguir la mateixa escola y ¡aquí fué Tróya! peguí un bót com si jugara a media-entera y al posarli les mans damún del rábo, l' animalét em soltá un paréll de coses en la regió pubiana, que 'm vá fer anar pegant bòltes de campana desde el Portal de la Purísima hasta els Cuatre Cantóns, ahon vaig caure com una pilòta. [...] Els ginéts de més fama per así, han sigút y son Nòlo el carretér; el llauradór Torrént y el fuster y populár chato Badía. Este última es la síntesis de La Alegría de la Huerta de Castelló de la Plana, perque com es molt dicharachero y graciós, te moltes simpatíes, y pót considerarse com el rey de les burres. [...] Badía es mólt bon xicòt y no te enemíchs, y si bé en les corregudes de burros may ha guanyát la jóya o mocadór de séda, a tóts s' emporta de calle, y te més ovacións que el Roig de les mogiganges. [...] (p.125, pdf 1)

(La provesó del Córpus. Costúms de desaparegueren.) Tres nòtes característiques de la provesó del Córpus s' han borrát del Catálec del temps. La primera, 'la de les grupes'; la segón, la de 'la Mare de Déu de la burreta'; y la tercera, la de 'la degòlla'. Es molt sensible que deixaren de eixir, la véspra y el día de la festa, de dotce a una de la vesprá, les grupes y la Mare de Déu de la burreta, que organiçantse en la Plaça vella, pegaben la bòlta tornant a la mateixa plaça, o siga la de la Constitució, disolentse en tórn del arbre de la Llibertát. [...] (p.133, pdf 1)

(La provesó del Córpus. Les grupes.) ¡Yá no ixen! ¡Yá no 's veuen les grupes! ¡Aquélles grupes tan gentils damunt d' aquélls cabálls negres y alaçáns, áques afrancesáes róges o blanques, máchos tordillos y burréts castanyos, tan adornáts en vistóses cabeçáes y mantes brodáes en sedes y estáms, que anaben de recuenco o de canéa y de frónt com si tingueren pòr de fér malbé 'l preciós bagatje que portaben sobre 'l séu llóm, com que aminaben cotéts, cotéts, com si temaren que 'ls podría caure la dolça cárrega, que portaben sempre ufáns! [...] (p.134, pdf 1)

(La provesó del Córpus. La Mare de Déu de la burreta.) Un cuadro xicotét, pero de mérit, com una miniatura de Ticiano o de Vinci, éra el de La Mare de Deu de la burreta. Una xiqueta xicoteta, vestida de María Santísima, en un Ninyo Jesús en sos braços, mirantlo en grant carinyo, y Joano el tramucér vestít de Sant Joseph y el sinyó Pere el datilero vestít de ángel, imitánt la fugida a Egipte, donaben a ésta festa de costúms els tòcs dels pintórs dels primérs llènços de la época del Renaiximent. [...] (p.136, pdf 1)

(La provesó del Córpus. La Degòlla.) Vestíts en una burda camisa blanca, ficá en una espècie de çaragüells y embolicáes les pantorrilles en draps, com si fóren polaines, en una corona de baladre en lo cáp y empunyant en la má dreta (els que no éren çurdos) pergamins del Argiu Municipal, ¡pòbra Història! que doblegaben y cosíen en repúns de fil de boleja com si fóren barrigueres per-a rúchs. [...] (pp.136-137, pdf 1)

(Definició més usual de l' agráma.) L' agráma es un cuadrúpedo de fusta, o siga un trónc d' arbre gròs y séc, sostingút per cuatre cametes redones, com si foren mitjos rádios de roda de carro d' ordinari, dels que porten sis o sét máchos de tiro y un burrét moruno de puntér que serveix de guía. [...] (p.165, pdf 1)

(De la familia bòvida. Pepe Bóu.) En el séu consulát caninòfilo, tenía cinc o sís gosos galgos y altres tantes goses de la mateixa casta; y la seua chifladura consistía en fér corregudes de gosos, que no per ser menos emotives que les de cabálls, aques, machos y burros, éren menos interessánts. (p.197, pdf 2)

[RIBÉS Y SANGÜESA, Enrich (1916): Cuadros de Costúms Castellonénchs, en aditament de tipos de la tèrra (en serio y en broma). Obra premià per unanimitat en los Jochs Florals de lo Rat-Penat celebrats en Valencia el dia 31 de agost del any 1915. Imp. Hijos de J. Armengot. Castellón.] repositori.uji.es (2 pdf)


1920 J. Pascual Tirado

País Valencià: Castelló de la Plana

Toni de la Malena es un llaurador molt animós; es negre i cabut i te una esquena de resistencia, que gracias a tindre-la sempre plegá cap a terra, pot mantindre als huit críos que li ha donat la seua Sènta, mes coneguda per 'la Panera' o la conilla del carrer. [...]

Este dia van a estar de sembrá de fesol. Toni va a fer-ne una marjal sancera; res d'embolics; que si pegue a bé, al preu que ara se paguen podrá traure un capital... ¡Ah! entonces esrá lo més regular que se fasse carro i burro, que ja va fent-se vell i... patxo, aixó d'anar tan llunt tots los dies no son xances ni jocs. [...] Allá per mitant del camí En Riera, Sènta que anave cavilosa i pensativa mirant la tauladora, li diu a l'home: -Escolta, Tonet ¿eixa tauladora quí ha de arrastrar-la? ¿a on está el burro?... [...] -¡Xica, Senteta, Senteta; vine, vine i vorás al burro que va a taular! -se ou cridar a la veu de Toni. I quan la dona acudix, se trove al seu Toni agarrat, ben agarrat, a les cordes de la tauladora, i en disposició de arrastrar-la. [...] De pronte s'ou de llunt el bramit d'un burro... El bon parot* pera fer riure a la seua genteta tamé es pose a bramar i pegue ademés dos cabrioles, celebrades en gran xilladissa i rissotades... [...] Allá quan Deu te vol, el burro de Toni, o Toni el burro, tot suat, encorvat i gemecant dels esforssos que fee, arribe a la mateixa céquia. [...] ¡Quins plors! Allò es un sotarrar. ¡Quines lamentacions i quins "esparavientos" - ¡Tonet Tonet! Veus com no se pot fer el burro?

*Parot: teuladí mascle (BSCC, Cast., Sueca)

[PASCUAL TIRADO, José (1920): De la Vida Castellonera: La Font de la Reina. pp.137-142, 170-175. En el Boletín de la Sociedad Castellonense de Cultura (BSCC). Números V i VI. Septiembre i Octubre de MCMXX. Castellón.] castellonenca.com


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Recopilación bibliográfica y transcripciones de Jacint Cerdà

En continua actualización.